Bizkaia aprueba medidas urgentes para paliar los daños del incendio de Bermeo
Las Juntas Generales establecen exenciones y el aplazamientos de deudas tributarias Un cambio legal permitirá a los ayuntamientos vizcaínos endeudarse para pagar a proveedores


Las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado, en el pleno ordinario de este miércoles, por unanimidad, un decreto de medidas fiscales urgentes para paliar los daños ocasionados por el incendio registrado el pasado 11 de abril en Bermeo, que contempla la exención durante el ejercicio 2013 de las cuotas de los impuesto sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas, así como el aplazamientos de deudas tributarias.
El diputado foral de Hacienda y Finanzas, José María Iruarrizaga, ha indicado que este decreto tiene como objetivo "paliar y contribuir al restablecimiento gradual de la normalidad para las personas afectadas por el incendio", que provocó el derrumbamiento total de tres edificios, afectó a otros ocho y dejó a 35 familias sin hogar.
Mediante este decreto, se concede exención, durante el ejercicio 2013, de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana que afecten a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, garajes, locales de trabajo y similares situados en el área del incendio. También se concede una exención en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2013 a las actividades industriales, mercantiles y profesionales cuyos locales de negocio situados en el área del incendio o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados por el fugo.
Asimismo, las deudas tributarias cuyo periodo voluntario de ingreso finalice entre la entrada en vigor de este decreto y el 31 de diciembre de 2013 podrán ser aplazadas, sin garantía ni intereses de demora, hasta el 25 de junio de 2014. Además, los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades económicas, con independencia del método utilizado para la determinación de su rendimiento neto, que hayan resultado afectados por el incendio en el desarrollo de las mismas, no estarán obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda foral de Bizkaia los pagos fraccionados correspondientes al año 2013 que procediere, en su caso, efectuar.
Por otra parte, las Juntas Generales de Bizkaia ha aprobado un proyecto de norma foral por la que se modifican para el ejercicio 2013 las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos y sus entidades dependientes, lo que permitirá a los ayuntamientos endeudarse para hacer frente a las deudas a sus proveedores, así como para financiar operaciones de crédito que hayan realizado. Se trata de una modificación de una norma de 2012, con el objetivo de establecer un régimen excepcional para que los ayuntamientos y sus entidades dependientes concierten operaciones de crédito a largo plazo. Su finalidad es poder financiar el abono de deudas cuyas facturas hayan sido emitidas antes del 31 de diciembre de 2012 y se refieran a actuaciones derivadas de contratos de obras, gestión de servicios públicos, suministros o servicios.
Con esta medida serán posibles también otras operaciones de endeudamiento referentes a las obligaciones contraídas por ayuntamientos y sus entidades dependientes con mancomunidades y consorcios, así como las obligaciones de pago derivadas de resoluciones judiciales, con fecha límite de 31 de diciembre del 2012.
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