El protocolo antiacoso del PP no existe: es el único partido con representación parlamentaria que no lo tiene
Los dirigentes populares respondieron a la edil de Móstoles que no podían abrir expediente porque no era empleada de la formación

En España, la ley obliga desde hace cuatro años a prevenir y atajar el acoso sexual, una forma de violencia que, según la última macroencuesta en este ámbito del pasado diciembre, ha sufrido alguna vez en su vida casi cuatro de cada diez mujeres, más de siete millones. Y esa obligación rige también para los partidos políticos y la Administración General del Estado: desde la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de 2007, a la de Libertad Sexual, de 2022, en la que se incluyó de forma específica la obligación de tener un “protocolo para prevenir, detectar y combatir la violencia machista” en organizaciones sociales y partidos. De eso hace más de tres años y solo hay uno, de todos aquellos con representación parlamentaria, que no cuenta con uno de estos protocolos: el Partido Popular.
El resto, desde Vox a Podemos, lo tienen. Son dispares tanto en sus procedimientos y contenidos como en el tiempo que llevan funcionando. Algunos desde antes de que lo estableciera la normativa, como el de Podemos, de 2018; el de ERC, de 2019; el del BNG y Junts, ambos de 2021; o el de EH Bildu, de un año después. Otros, como los Comunes o Esquerra, han ido haciendo actualizaciones o están inmersos en ellas en la actualidad. Los de Izquierda Unida, Sumar, PSOE y PNV son más recientes, todos puestos en marcha entre mayo de 2024 y finales de 2025. El último, el del PNV, se aprobó el 13 de diciembre pasado; hasta entonces, dicha formación contaba con las herramientas establecidas en su Código Ético. Así es como sigue funcionando el Partido Popular, que no ha contestado a las preguntas sobre esta cuestión planteadas por este periódico.
Es a ese código —y no a un protocolo específico contra el acoso— al que se llevan refiriendo distintos cargos populares en las últimas 24 horas sobre el caso de la concejala de Móstoles. La edil acudió primero al PP madrileño y luego a la organización nacional hasta en seis ocasiones (tres cartas, dos reuniones y otro intento fallido de reunión) para denunciar el acoso sexual al que la había sometido el alcalde de esa localidad, Manuel Bautista, con proposiciones no deseadas, que se convirtió presuntamente después —tras negarse a esas peticiones sexuales— en acoso laboral. Pero ni por una conducta ni por otra actuó el PP para proteger a la mujer, según la documentación a la que EL PAÍS ha tenido acceso.
No cubre a todo el personal
La palabra acoso solo aparece en cuatro ocasiones en uno de los documentos de régimen interno del partido, en el Código ético y de conducta. Además, según establece dicho código, no se aplicaría a este caso porque, aunque cubre a todo el personal del partido, matiza que cuando se esté en un cargo público será el régimen de las instituciones públicas correspondientes el que regirá sobre esos miembros del PP.
Aun así, tampoco profundiza en la cuestión. Las cuatro menciones a la palabra acoso que hace ese documento figuran en el Capítulo 2. Principios éticos generales. En el apartado E, dice que “se prohíbe realizar en el entorno laboral y de actividad del Partido Popular actos de acoso moral o sexual, o cualquier otro similar que pueda considerarse como acto de acoso conforme a la normativa interna del partido en materia de prevención del acoso laboral”.
Y en el F, donde establece que todos los empleados y cargos directivos y orgánicos del partido “actuarán en todo momento con respeto a la dignidad de las personas. El Partido no tolerará ningún tipo de violencia, acoso, abuso o cualquier otra conducta tendente a lesionar los derechos personales de sus miembros o de terceros. La organización promoverá medidas para prevenir esas conductas y garantizar en todo momento un ambiente de respeto e igualdad”.
Ni en el Código ético, ni en los estatutos del partido, ni en el Reglamento de régimen disciplinario y de garantías vuelve a aparecer la palabra acoso, ni sexual ni laboral. En ese último, sin embargo, sí hay un artículo que puede amparar estos casos.
En el capítulo titulado “falta de ejemplaridad y comportamientos éticamente reprobables”, el artículo 44 señala que “cuando, por cualquier medio, se tuviera conocimiento de la falta de ejemplaridad en el comportamiento o conducta éticamente reprobables de un afiliado o cargo de representación institucional del Partido, o que comprometieran el honor o la imagen del Partido, se acordará la apertura de una información reservada que podrá devenir en expediente disciplinario. Dicha información se tramitará en los términos establecidos anteriormente”.
Y el siguiente, el 45, sobre la posible existencia de responsabilidades penales, dice que el partido “comunicará al Ministerio Fiscal aquellas infracciones disciplinarias en las que, a su juicio, sobre los hechos del expediente, existieran indicios racionales de ser constitutivos de delito”. El acoso sexual, como el laboral, son hechos constitutivos de delito.
Sin embargo, la respuesta que la concejala recibió, según expone en sus escritos, fue que se marchara a casa, que hablara con su marido, que pensara en su padre y en sus hijos y que no denunciara. Que bajara “el perfil” y dejara “pasar el tiempo”. Estas son frases supuestamente pronunciadas por Lucía Paniagua, teniente de alcalde en la localidad de Villanueva de la Cañada e integrante de la ejecutiva del PP de Madrid.
En esos escritos, la edil relata desde comentarios de Bautista a otros compañeros sobre ella ―como “la he fichado para que me haga un gran trabajo a mí” o “está buenísima, esta es solo para mí”― o el rumor que Bautista extendió sobre que se acostaba con ella hasta insinuaciones explícitas porque, le decía, “hay que dejarse llevar”.
Con su negativa, explícita y tajante, a las insinuaciones y peticiones del alcalde ―que sigue en su cargo―, este, según el relato de la denunciante, cambió por completo su actitud hacia ella, convirtiendo el acoso sexual en lo que ella definió en su denuncia como un “acoso profesional reiterado”, humillaciones, retirada de competencias o aislamiento, entre otras medidas que percibía como un castigo ante su negativa.
Todo lo anterior fue lo que la concejala puso en conocimiento del Partido Popular en Madrid, primero, y del PP nacional después, ante el Comité Nacional de Derechos y Garantías. A Ana Millán, vicesecretaria de Organización del partido y vicepresidenta de la Asamblea de Madrid, la concejala le explicó lo insostenible de la situación y el trato denigrante permanente al que se estaba viendo sometida por parte de Bautista. Le pidió que se activara el protocolo contra el acoso.
¿La respuesta? “Tú no tienes una relación laboral [...]. Es decir, tú no eres una empleada del Partido Popular. [...] Nos estás pidiendo en tu último mail que abramos el protocolo de acoso y no sé qué no sé cuántos, es que para nosotros tú no eres una funcionaria. Entonces, no podemos aplicar el protocolo de acoso en el partido”, según el escrito.
La realidad es que los mecanismos internos con los que cuenta ahora mismo el PP no son específicos y, por lo tanto, no se ajustan a la normativa, ya que el protocolo concreto contra el acoso no existe. Si existiese, se debería aplicar a la concejala, como a cualquier persona con una relación de cualquier naturaleza con el partido. Con esa intención se plasmaron en la ley: para que cualquier estructura tenga herramientas para prevenir, actuar y reparar esta forma de violencia, y evitar la impunidad con la que habitualmente se perpetra.
El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.
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