El Instituto Catalán de la Salud deberá pagar 300.000 euros a un paciente por un error de diagnóstico
El afectado precisa usar silla de ruedas para desplazarse y presenta numerosas secuelas
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) y a la aseguradora Zúrich a pagar 307.448 euros a un paciente que quedó en silla de ruedas tras ser diagnosticado y tratado por error de una meningitis tuberculosa en el Hospital Josep Trueta de Girona.
En la sentencia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC justifica que "no se valoraron debidamente los antecedentes" del paciente, ni la gravedad que presentaba, "lo que hubiese llevado necesariamente a un diagnóstico acertado".
Los hechos se remontan al 30 de marzo de 2004, cuando el paciente acudió a Urgencias del hospital gerundense, y tras múltiples pruebas se le diagnosticó por error una meningitis tuberculosa de la que fue tratado durante tres semanas. Después de las citadas tres semanas se le realizó una punción lumbar que certificó el diagnosticó de otra meningitis provocada por hongos -cryptococcus neoformans-, quitando absoluta validez al primer diagnósico.
Ello obligó a cambiar el tratamiento, pero tres semanas después de que la colonia de hongos del paciente hubiera seguido adelante el hombre sufrió de forma progresiva secuelas irreversibles que le llevaron a ser declarado discapacitado en un 67% por el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales, precisando siempre de ayuda para realizar actos esenciales de la vida diaria.
Como secuelas, también padece déficit de agudeza auditiva, impotencia sexual, trastornos motores, sensitivos y de esfínteres, utilización de silla de ruedas para sus desplazamientos, imposibilidad de bipedestación estática y perjuicio estático. El tribunal considera que la obligación de los médicos que atendieron al paciente no era la de conseguir su curación, sino la de poner todos los medios técnicos a su alcance para lograrla y, como éstos no fueron puestos, condena al ICS y a la aseguradora a pagar por ello.
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