La Audiencia de Madrid absuelve a las activistas de Femen que boicotearon una marcha antiabortista
Los jueces afirman que "las acusadas solo pretendían dar publicidad a sus ideas mediante una actuación inapropiada"
La Audiencia de Madrid ha confirmado la absolución de las cinco activistas de Femen, entre ellas su líder Lara Alcázar, que interrumpieron semidesnudas una marcha antiabortista en Madrid en noviembre de 2013. Las mujeres estaban acusadas de los delitos de desorden público, exhibicionismo, contra el ejercicio de los derechos fundamentales y uno más de resistencia a agentes de la autoridad. El fiscal pedía nueve meses de cárcel y multa de 1.800 euros para cada una de ellas.
En la sentencia, la sección 29 de la Audiencia de Madrid desestima el recurso de apelación de la Fiscalía y la acusación particular Asociación Enraizados en Cristo y en la Sociedad contra la resolución de 29 de julio de 2016 dictada por el juzgado de lo Penal número 19 de Madrid. La sentencia es firme y por tanto no cabe recurso contra el fallo.
El tribunal considera probado que las cinco irrumpieron en el recorrido de la manifestación con el torso semidesnudo y trataron de acercarse a la cabecera coreando sus consignas a favor del aborto. No obstante, los magistrados explican que con esta acción "las acusadas solo pretendían dar publicidad a sus ideas mediante una actuación inapropiada y con ocasión de una manifestación autorizada que defendía posturas contrarias a las de las acusadas".
Lo hicieron, añade, "mediante la exhibición de sus cuerpos semidesnudos y la irrupción violenta y sorpresiva en una manifestación pacífica en la que buscan una repercusión mediática que a buen seguro no hubieran obtenido con una manifestación al uso de la convocada por la asociación acusadora, aprovechándose de la situación de provocación que crean con su actuación".
Pero los jueces dejan claro que "no impidieron el legítimo derecho de manifestación de las personas que participaban en la marcha que pudieron acudir a ella y continuarla con normalidad tras ser retiradas la acusadas, produciéndose únicamente una detención —que no disolución— de la marcha durante 20 minutos".
"Solo buscaban una plataforma desde la que amplificar sus ideas, aprovechando la polémica que creaban con la forma de irrumpir en la manifestación (con gritos, palabras y gestos indecorosos y con el torso desnudo) y la presencia de medios de comunicación", destacan.
De esta forma, consideran que "no se produjo una perturbación grave al desarrollo de la manifestación, pues la acción de las acusadas solo produjo una perturbación leve".
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