El Constitucional avala el plan para privatizar el Canal de Isabel II
El tribunal rechaza el recurso del PSOE contra el proyecto que aprobó Aguirre en Madrid


El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del PSOE contra la privatización del Canal de Isabel II de Madrid. El pleno del alto tribunal considera que el artículo 5 de la ley aprobada por la Asamblea de Madrid durante el Gobierno de Esperanza Aguirre, que establece la posibilidad de enajenar hasta un 49% de la empresa pública de suministro de agua, no vulnera la normativa estatal ni favorece a las empresas privadas.
En una sentencia firmada el pasado 28 de mayo, los jueces rechazan que, como sostenía el PSOE, la ley obligara a los Ayuntamientos madrileños a adherirse a este sistema si querían seguir prestando los servicios de abastecimiento de agua que la ley les atribuye. "Los servicios de aducción, depuración y reutilización siguen siendo de competencia autonómica y prestados por la Comunidad, y nada tienen que ver con la encomienda del servicio de distribución de competencia municipal", afirma el Constitucional. Los jueces avalan que sea una empresa privada la que gestione este servicio y sostienen que esta fórmula no daña las competencias de los municipios. "Cuando los municipios ejercitan su capacidad de decisión y optan por un sistema de gestión de servicios públicos que requiere el uso por un tercero de las infraestructuras municipales, no se produce una lesión de la autonomía local sino, antes al contrario, ello es el resultado necesario de su ejercicio", afirman.
El Constitucional no comparte tampoco el resto de objeciones que el PSOE hizo al proyecto, que quedó aparcado por Aguirre e Ignacio González. En el recurso, presentado por 50 senadores socialistas, sostenía que el plan invadía competencias estatales en materia de procedimiento administrativo y que la entrada de una gestora privada alteraría el sistema competencial en materia de contratación pública. El Constitucional cree que los recelos del PSOE son "preventivas" ya que "nada permite afirmar que la ley impone una encomienda directa, sin seguir procedimiento alguno de licitación, situando a los operadores privados en una situación de ventaja competitiva" ilegal. De hecho, añaden los jueces, la exige que la gestión de los servicios del agua se lleven a cabo "de acuerdo con los procedimientos establecidos", por lo que no cabe concluir vulneraciones.
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