Supresión de faltas, control de indultos y mayores penas
El proyecto de ley de Código Penal modifica los capítulos referidos a la corrupción

La supresión de las faltas es otra de las novedades del Código Penal. Estas conductas pasarán a ser delitos menos graves o sanciones administrativas en la ley de seguridad ciudadana sin intervención judicial más que en caso de recurso. Los incidentes de tráfico pasan en muchos casos al ámbito civil y, por tanto, con pago de tasas judiciales.
El proyecto de ley de Código Penal modifica también los capítulos referidos a delitos vinculados a corrupción. Se aumentan las penas, se elevan los plazos de prescripción y, por primera vez, se tipifica el delito de financiación ilegal de los partidos políticos, con penas de cárcel solo para los políticos que acepten donaciones ilegales superiores a 500.000 euros. También se aplica ahora la responsabilidad de las personas jurídicas a partidos y sindicatos y se crea la Oficina de Gestión de Activos para los bienes decomisados.
No obstante, algunos portavoces como Rosa Díez (UPyD) entienden que, al no aceptar sus enmiendas, el texto se queda a medio camino y no ataja todos los supuestos de corrupción. Por ejemplo, al no tipificar el enriquecimiento ilícito.
El proyecto aprobado incluye una disposición que, por primera vez, obliga al Gobierno a informar cada seis meses al Parlamento de los indultos concedidos y denegados.
También se eleva a 16 años la edad de consentimiento para las relaciones sexuales y se tipifican nuevas conductas como la zoofilia, el matrimonio forzado, hostigamiento o acecho, divulgación no autorizada de imágenes íntimas y la manipulación de los dispositivos de control usados para vigilar el cumplimiento de penas y medidas cautelares en violencia de género. Quien preste ayuda humanitaria a un inmigrante ilegal ya no irá a la cárcel, y se reduce la pena para los piquetes de las huelgas.
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