El nuevo portavoz del PP, condenado a pagar 20.000 euros a UPyD
Fue denunciado por vulnerar el honor de la formación magenta

Tres días después de que Mariano Rajoy nombrara a Rafael Hernando nuevo portavoz del PP en el Congreso, el juzgado de primera instancia número 7 de Madrid notificó este viernes la sentencia que condena al veterano dirigente popular y al portavoz parlamentario adjunto, Rafael Merino, a pagar 20.000 por vulnerar el honor de UPyD. El juez estima que las acusaciones de financiación ilegal lanzadas en julio de 2013 por Hernando y Merino en Radio Nacional y Telemadrid, respectivamente, “constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor del partido político demandante”.
“En 2008, el Tribunal de Cuentas ha dicho que se ha financiado ilegalmente y la señora Rosa Díez va por ahí dando o intentando dar lecciones”, afirmó entonces Hernando, en pleno debate sobre la financiación irregular de su partido y días antes de que el presidente del Gobierno compareciera ante las Cortes para dar explicaciones sobre el caso Bárcenas. Merino insistió en una tertulia sobre el escándalo de los papeles del extesorero popular: “¿Qué responsabilidad política exiges tú a UPyD, que en el primer año en que tiene un diputado, año 2008, el Tribunal de Cuentas dice que UPyD tiene financiación ilegal, irregular, de 28.000 euros?”.
Manipulación
En septiembre de 2013, UPyD demandó a los dos dirigentes al considerar [...]manipulación “torticera” esa interpretación del informe del órgano fiscalizador, y “radicalmente falsa” la acusación de financiación ilegal, puesto que esas “donaciones no identificadas” constituyen para el tribunal “causas involuntarias al partido”. El número tresdel PP, Carlos Floriano, anunció ayer que su formación recurrirá la sentencia y defendió que las afirmaciones de Hernando y Merino se cimentaban en ese informe contable.
La sentencia señala que “las reiteradas imputaciones sobre financiación ilegal que efectúan los demandados, como afirmaciones no referenciadas a la existencia de donaciones no identificadas, [...] impiden situar la controversia en el ámbito de la expresión de opiniones o ideas, y obliga a concluir la existencia de transmisión de información inveraz”.
Además del pago de 20.000 euros, la resolución obliga a ambos dirigentes a publicar en dos diarios de tirada nacional el encabezamiento y fallo de la sentencia.
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