La Audiencia de Valencia avala la decisión de la jueza de la dana de no citar como testigo a Pedro Sánchez
El tribunal respalda a la instructora de Catarroja y descarta la citación “con claros tintes prospectivos” que pedía Hazte Oír


La Audiencia Provincial de Valencia ha avalado la decisión de la jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la dana, Nuria Ruiz Tobarra, de no citar a declarar como testigo en la causa al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, según una resolución comunicada este viernes. El tribunal respalda así la tesis de la instructora, que rechazó esta diligencia el pasado diciembre.
Con este movimiento, la Audiencia Provincial tumba la pretensión de la asociación Hazte Oír, que está personada en la causa como acusación popular. La entidad solicitó en diciembre la comparecencia de Sánchez y que se instara al dirigente a aportar sus mensajes y correos con el expresidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón. El día de la dana, el 29 de octubre de 2024, Sánchez envió un mensaje a Mazón a las 22.50, cuando el presidente del Gobierno regresaba de un viaje oficial a la India.
“La Sala de la Audiencia Provincial de Valencia comparte el criterio de la jueza a quo y del Ministerio Fiscal por cuanto las razones de las recurrentes no parecen suficientes para acordar una diligencia con claros tintes prospectivos”, justifica el tribunal. “Un Estado constitucional repudia la búsqueda a toda costa de algún tipo de responsabilidad de una persona, ya que genera persecuciones indeterminadas, pesquisas arbitrarias y no sujetas a control jurídico alguno”, añade la resolución.
La jueza de Catarroja, al descartar la comparecencia como testigo de Sánchez, argumentó que la hora en la que se comunicó con Mazón (22.50) fue posterior al momento en el que se tomaron decisiones relevantes. La magistrada aludía a las 20.11, cuando en el Cecopi (Centro de Coordinación Operativo de Emergencias) se remitió el Es Alert, la alerta masiva a móviles que, según Ruiz Tobarra, llegó a los teléfonos tras la muerte de la mayoría de los desaparecidos.
El criterio de la instructora coincidió con el de la Fiscalía, que alegó que la diligencia de Sánchez se alejaba de los hechos investigados: depurar la responsabilidad penal en las 230 muertes que dejó la riada de 2024 en una causa que indaga los presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes.

El único líder nacional que ha comparecido ante la jueza de la dana fue el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo. El popular declaró en el juzgado de Catarroja por videoconferencia el pasado enero y admitió que no fue informado por Mazón “en tiempo real” de la magnitud de la riada, frente a lo que había proclamado dos días después de la catástrofe en una comparecencia pública.
La decisión de rechazar la comparecencia de Sánchez contribuye a desmontar la denominada teoría del apagón informativo. Una tesis avalada por la Generalitat, el PP y los dos investigados en la causa —la exconsejera de Justicia e Interior Salomé Pradas, y quien fuera su segundo, Emilio Argüeso— y que sostiene que si el Gobierno valenciano reaccionó tarde y mal a la catástrofe fue porque no fue informado por el Ejecutivo de Sánchez. La jueza de Catarroja ha tumbado en decenas de autos, avalados por la Audiencia de Valencia, esta tesis al rechazar las comparecencias de los responsables de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) o la delegada del Gobierno en Valencia, la socialista, Pilar Bernabé.
Pendiente de que el TSJ resuelva si investiga o no a Mazón
En paralelo a la instrucción de la causa en el juzgado de Catarroja, continúa el trámite en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) para decidir la posible investigación de Mazón después de que la magistrada Ruiz Tobarra emitiera hace dos semanas una exposición razonada en la que justificaba que el alto tribunal debía asumir las pesquisas al existir indicios delictivos contra el exjefe del Consell.
Podemos, que ejerce la acusación popular en la causa, ha presentado un escrito en el TSJCV en el que se adhiere a la petición de la jueza de Catarroja de investigar a Mazón. Al ser aforado (el político mantiene su acta de diputado autonómico), no puede ser imputado por la instructora. “Se respaldan las conclusiones sobre la posición de garante del president en la gestión de la emergencia y se señala una posible omisión negligente en las horas más críticas [de la riada]”, justifica esta formación.
Otra acusación popular, Acció Cultural del País Valencià (ACPV) también ha pedido al TSJCV que investigue a Mazón al considerar que su actitud en la riada de octubre de 2024 comportó un delito de homicidio imprudente por omisión, que está recogido en el artículo 142.1 del Código Penal. “Hubo una falta de actuación cuando existía un deber jurídico para evitar un resultado”, estima esta acusación en alusión a las 230 muertes que dejó el temporal. Acció Cultural defiende que el popular conoció el riesgo de la dana antes del día de la tragedia, minimizó el impacto de la desgracia y retrasó el envío de la alerta por su “negligencia, desidia y pasotismo”.
La instructora de Catarroja ha citado a la meteoróloga de la televisión pública valenciana À Punt Victoria Roselló a comparecer como perito en el juzgado. Declarará el próximo 15 de abril. Roselló ya intervino en la Comisión de investigación de la tragedia en el Congreso de los Diputados, donde sostuvo que había información sobre el temporal días antes de la gota fría.
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