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SUCESOS

Detenido el dueño de un bar en Valencia por grabar a clientes en los baños

La Guardia Civil interviene dos cámaras instaladas en el aseo de hombres que registraban las 24 horas del día y requisa cinco discos duros con 5.000 gigas

Dos cámaras escondidas en el baño de hombres que grababan las 24 horas. El dueño de un bar en el municipio de l’Alqueria de la Comtessa, en Valencia, ha sido detenido por presuntamente violar la intimidad de los clientes del local. La Guardia Civil ha intervenido cinco discos duros que suman más de 5.000 gigas de información. Los agentes no podrán analizar el contenido hasta que un juez lo autorice, por lo que desconocen el número de víctimas.

Una anónimo avisó a la Guardia Civil a través de la aplicación Alertcops de la existencia de cámaras ocultas en los baños de este bar en un pequeño municipio — 1.547 habitantes— cerca de Gandía. Tras inspeccionarlo, los agentes verificaron que las cámaras estaban conectadas a un ordenador que almacenaba las imágenes en varios discos duros.

El dueño del establecimiento, de 48 años, ha sido detenido por un supuesto delito continuado contra la intimidad de las personas. La investigación la llevan guardias civiles del puesto principal de Oliva y las diligencias han sido entregadas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Gandía.

Vicente Ibor, abogado penalista de Valencia, explica que estos hechos pueden constituir “un delito de revelación de secretos” enmarcado en el artículo 197 del Código Penal sobre delitos contra la intimidad. Sobre estos casos “hay mucha jurisprudencia”, señala el letrado. “Las filmaciones en baños públicos o privados conllevan penas de entre dos a seis años de prisión, pero en casos muy parecidos el Tribunal Supremo ha confirmado condenas de tres años”. Con una pena de dos años y sin antecedentes en España se puede evitar prisión.

Ibor añade que “la pluralidad de víctimas” y la hipotética publicidad de las imágenes o ánimo de lucro en caso de que el detenido las distribuyera a cambio de dinero —como en casos en los que este contenido acaba en internet y páginas porno—, “agravaría la pena al ser delito continuado, pluralidad de víctimas y publicidad”. Además, la condena implica una indemnización de daños y perjuicios a las víctimas.

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