La Audiencia Nacional archiva la causa sobre el gran apagón de 2025 tras no hallar indicios de “sabotaje terrorista”
El juez José Luis Calama descarta el ciberataque tras analizar una batería de informes técnicos


José Luis Calama, juez instructor de la Audiencia Nacional, ha decretado el archivo de la investigación abierta sobre el gran apagón eléctrico ocurrido en la Península el pasado 28 de abril, al no hallar “un mínimo indicio” de que se tratase de un “sabotaje terrorista”. El magistrado, que ha mantenido las pesquisas bajo secreto gran parte de este tiempo, adopta esta decisión tras analizar toda una batería de informes técnicos que descartan, “de forma absoluta, la existencia de indicios que permitan inferir que el origen de los hechos investigados se encuentre en una acción de terrorismo informático”.
En abril de 2025, Calama abrió este sumario cuando estaba de guardia. El magistrado, responsable del Juzgado Central de Instrucción 4, explicó que la causa del masivo fallo energético era “desconocida” en ese momento, pero consideró “necesario” iniciar sus propias averiguaciones ante la posibilidad de que pudiera tratarse de un ataque “ciberterrorista” contra “infraestructuras críticas españolas”. “Según informó el Gobierno, se perdieron de forma súbita, durante cinco segundos, 15 GW de la energía que se estaba produciendo en ese momento, lo que equivale al 60% de la luz que se estaba consumiendo. Siendo ‘algo que no había ocurrido jamás”, incidió el juez al iniciar el proceso.
Ahora, más de medio año después y “tras la práctica de numerosas diligencias de investigación”, el juez da carpetazo al asunto al concluir que “no se ha podido acreditar de forma mínima la existencia de un hecho con relevancia penal”. “Llegados a este punto, no se deben efectuar planteamientos hipotéticos, ni seguir indagando en orden a determinar la causa generadora de los hechos una vez descartado su carácter delictivo”, remacha el magistrado instructor.
A lo largo de una resolución fechada este lunes, el juez repasa los diferentes informes recabados del Centro Criptológico Nacional, dependiente del CNI (Centro Nacional de Inteligencia); del Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE); del Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe); de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC); de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional; y del Comité para el análisis de las circunstancias de la crisis de electricidad del 28 de abril. “Todos y cada uno de estos informes descartan de forma absoluta la existencia de indicios que permitan inferir que el origen de los hechos investigados se encuentre en una acción de terrorismo informático”, recalca el magistrado.
El juez detalla que la Policía Nacional ya apuntó en junio de 2025 que no existían indicios de que se tratase de un ciberataque, tras un primer análisis de la información aportada por el operador Red Eléctrica y tras monitorizar los canales de hacktivismo internacional. Sin embargo, el magistrado de la Audiencia encargó más informes para “corroborar” esas conclusiones “preliminares”.
De esta forma, poco a poco, fueron llegando documentos técnicos que señalaban lo mismo. El Centro Criptológico Nacional recalcó que no había hallado datos sobre “acciones cibernéticas dañinas” y “evidencias relacionadas con un ciberataque”. El MCCE indicó lo mismo tras “la visita a cinco centros de control de las estaciones de generación del sistema eléctrico al objeto de analizar la información registrada”. La Oficina de Coordinación de Ciberseguridad hizo 12 visitas a los centros para alcanzar una conclusión similar. Y el Incibe sumó ocho informes en idéntica línea.
Es más, la Comisaría de Información indagó en 8.028 grabaciones y 1.296 correos proporcionados por Red Eléctrica sobre “las conversaciones e intercambio de información” que se produjo en “los centros de control”. Pero, según apuntó la Policía, ningún audio o email “hace alusión a un ciberataque o intrusión a los sistemas”.
El juez Calama también detalla el contenido de un informe elaborado por el Comité creado para analizar la crisis energética, que atribuye el apagón a un “origen multifactorial”, en el “que confluyeron tres elementos”. El primero, que el sistema “mostraba una capacidad de control de tensión insuficiente” —debido a que se programó el número de centrales síncronas para regular la tensión “más bajo desde el inicio de año” y varias centrales “no respondieron adecuadamente” para reducirla—. El segundo, que “se produjeron las oscilaciones”. Y el tercero, que “se desconectaron centrales de generación, algunas de un modo aparentemente indebido”.
El juez destaca que las pesquisas apuntan a un “conflicto de naturaleza eminentemente administrativo o civil, relacionado con los distintos operadores que intervienen en la generación de la energía eléctrica”. “[Pero] estos hechos, ante la ausencia de cualquier indicio delictivo, deben quedar fuera de la vía penal, máxime cuando existen otros mecanismos de solución”, subraya el magistrado de la Audiencia, que añade: “El Derecho Penal actúa como última ratio”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Sobre la firma





























































