Del regreso de Puigdemont a la ‘ley trans’: los asuntos que el Constitucional tiene pendientes en 2026
El bloqueo de la renovación del tribunal de garantías, que incluye el relevo del presidente, sobrevuela un año en el que se espera cerrar la ley de amnistía y la presentación del recurso del ex fiscal general


Un tercio de los 12 magistrados del Tribunal Constitucional arranca el año con el mandato caducado: el 17 de diciembre pasado expiró el de los cuatro nombrados por el Senado, lo que incluye al presidente, Cándido Conde-Pumplido, además de Ricardo Enríquez, María Luisa Balaguer y José María Macías, aunque este último, en caso de acordarse la renovación a lo largo de este año, podría continuar dado que no habría cumplido aún los tres años en el cargo (fue nombrado en julio de 2024). Pero la renovación es improbable, según asumen tanto en el tribunal como en el Senado, y así lo han dejado claro los dos partidos políticos de los que depende en última instancia: el PSOE acusa al PP de no querer acordar nada y el PP dice que el PSOE no lo merece. Entre tanto, el tribunal seguirá ejerciendo.
El pasado 15 de diciembre, el presidente del Senado, Pedro Rollán, dio por fin curso al trámite previsto, al solicitar a los parlamentos autonómicos que propongan las dos candidaturas que la ley les reserva. Una vez lleguen las propuestas, para lo que tienen dos meses de plazo, el Senado debería nombrar a los cuatro elegidos por mayoría de tres quintos. Más allá del curso legal —rubricado dos días antes de que expirara el mandato, pero cinco meses después de que el presidente del Constitucional lo comunicara oficialmente—es improbable que los partidos lo acuerden en el curso político.
Los magistrados lo sobrellevan como una mala costumbre. Hay quienes se resignan —somos elegidos, no electores, dicen— y hay quienes se revuelven. En todo caso, el tribunal tendrá que decidir sobre los flecos de la amnistía y, quizá, sobre el recurso de amparo que presente el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado por filtrar —él o alguien de su entorno— datos confidenciales a un periodista.
Al autor de la Teoría pura del derecho, el austríaco Hans Kelsen, se remitieron los magistrados del Supremo para plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía. Según su tesis, los independentistas habrían intentado un golpe de Estado, porque, en el fondo, quisieron cambiar la Constitución ilegalmente. Y, en consecuencia, era inconstitucional garantizarles por ley el olvido del delito. El Constitucional, sin embargo, avaló la ley frente a esa cuestión en septiembre pasado, como ya había hecho en la propia sentencia sobre la amnistía en junio.
Sin embargo, quedan otros flecos pendientes porque el Supremo decidió también suspender la aplicación de la ley de amnistía a los líderes independentistas, con el expresident Carles Puigdemont al frente, por el delito de malversación. Esta vez, por lo que la propia ley decía: que quedaban excluidos del perdón los que se hubieran enriquecido personalmente.
Sostiene el Supremo que el procés era en el fondo un proyecto privado, casi personal, de sus líderes y que para apreciar si hubo o no incremento patrimonial debe contarse no solo lo que pudieran haber ingresado —nada indica que se quedaran nada— sino también lo que no tuvieron que gastar para sufragar ese proyecto privado. El alto tribunal consideró que, por tanto, la amnistía no se les aplicaba por el delito de malversación, así que ni Puigdemont pudo volver a España ni algunos de los condenados por el procés han sido (todavía) rehabilitados.
El Constitucional preveía resolver este año los amparos de los líderes independentistas (además de Puigdemont, Toni Comín y Luis Puig, que siguen fugados; y Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa, Jordi Turull, inhabilitados). Pero hay varios procesos electorales en marcha: en Aragón, en Castilla y León y en Andalucía, al menos, y el tribunal tiene por costumbre no pronunciarse en asuntos que puedan influir en las elecciones. Así que si en otoño parecía probable que los recursos de amparo de los independentistas se fueran a resolver en el primer cuatrimestre de 2026, ahora ya no está tan claro, según fuentes del tribunal.
Por otro lado, en noviembre se conoció el dictamen del Abogado General del TJUE que avaló claramente la amnistía, pero aún falta que se pronuncien los jueces: la opinión del Abogado General suele ser una guía fiable, pero no es vinculante.
El fiscal general y la ‘ley trans’
El otro gran asunto del año tiene todavía que presentarse: el recurso de amparo del ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, contra su condena por el Tribunal Supremo. Primero, el Supremo rechazará con toda probabilidad el incidente de nulidad que formalmente tiene que presentar García Ortiz; y luego, si se presenta y se admite a trámite el amparo ante el Constitucional, los tiempos del tribunal dirán si llega a tiempo para resolverse en 2026.
Mientras tanto, parece más probable que se resuelvan dos hijos menores de esos grandes asuntos: primero, un recurso de amparo contra la negativa de la Guardia Civil a identificar a los agentes que intervinieron durante el referéndum del 1 de octubre en un colegio de Manresa; y segundo, el recurso del fiscal Eduardo Esteban, cuyo nombramiento como fiscal de Sala coordinador de menores el Supremo tumbó dos veces.
En el primer asunto, a falta de autor conocido, la negativa de la Guardia Civil a identificarlo hizo que se archivara una causa sobre la proporcionalidad de la intervención. La mayoría progresista del tribunal está dispuesta a amparar a los recurrentes. En el segundo, está previsto que se resuelva también, y en el mismo sentido, el amparo solicitado por Esteban. La ponencia de amparo, en este caso de la mano del magistrado Ramón Sáez, saldrá probablemente adelante después de que la deliberación se suspendiera en el último pleno del año por un problema de salud de una magistrada.
Una tercera sentencia, sobre la llamada ley trans, con ponencia del magistrado y exministro de Justicia Juan Carlos Campo, duerme a la espera de una mayoría que la división clásica entre progresistas y conservadores no asegura en este asunto. Un sector del tribunal se opone frontalmente a la ponencia de Campo, que se limitaba a considerar inconstitucionales algunos matices de la letra, pero que avalaba su espíritu. La controversia está lejos de pulirse, con lo que no sería extraño que la sentencia se posponga otro año más. La Constitución sigue cumpliendo años y el tribunal, decidiendo entre bloqueos.
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