El Supremo vuelve a rechazar la excarcelación de Cerdán, que se ordenará “tan pronto como sea posible”
El magistrado Leopoldo Puente considera que todavía hay riesgo de que el exdirigente socialista altere datos o elementos “esenciales” para la investigación


El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado de nuevo dejar en libertad al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. En un auto notificado este martes, Puente admite que comprende “la impaciencia” de Cerdán y sus abogados, y asegura que ordenará de oficio excarcelar a Cerdán “tan pronto como sea posible”. Pero, según el juez, todavía no han cambiado las circunstancias que le llevaron, el pasado 30 de junio, a enviar a prisión preventiva al exdirigente socialista. El juez no concreta cuáles son esas razones, pero sí que no tienen que ver con que la Guardia Civil aún no haya entregado el informe patrimonial del ex secretario de Organización, sino con pruebas que pretende proteger y que todavía se están investigando.
La defensa de Cerdán reclamó su puesta en libertad el pasado 17 de octubre, después de que el juez hubiera descartado mandar a prisión al exministro José Ábalos y a su antiguo asesor, Koldo García, tras acogerse a su derecho a no declarar en su última comparecencia en el Supremo. Los abogados de Cerdán denunciaron un “incomprensible agravio comparativo”. Según los letrados, “es difícil entender” qué acciones de “destrucción” de pruebas ha podido hacer “en carácter exclusivo” Cerdán para que el juez insista en mantenerle encarcelado. “No existe argumento constitucional que permita prolongar ni un día más la situación de prisión del señor Santos Cerdán”, incidió la defensa.
El juez rechaza de plano que exista ese agravio comparativo. Las medidas adoptadas en este caso son distintas porque “también lo son las situaciones de unos y otro”. El instructor recuerda que esta diferencia se explicó ya en resoluciones anteriores, en las que Puente justificó la prisión de Cerdán en “la posición funcional” que este ocuparía en la supuesta trama corrupta para amañar obras a cambio de comisiones durante la etapa de Ábalos al frente del Ministerio de Transportes. Cerdán, según el instructor, “puede estar en conocimiento de datos o elementos esenciales, -que pudieran ser alterados-”, que Ábalos y Koldo García “tal vez, ignoren”.
En otra resolución notificada este martes, el juez Puente ha rechazado la petición formulada por la defensa de Ábaos de expulsar a los partidos políticos que ejercen la acusación popular en el procedimiento, PP, Vox e Iustitia Europa. Puente llama la atención sobre el hecho de que el abogado del exministro registre esa petición ahora, cuando han transcurrido ya “varios meses” desde que se abrió la investigación sin que la defensa del exministro haya puesto ninguna objeción hasta ahora. “Seguramente esta intempestiva pretensión de ahora obedece al reciente cambio en la dirección letrada del señor Ábalos”, recalca el juez, en referencia al reciente cambio de abogado por parte del exministro. No obstante, el instructor considera que esta circunstancia “en absoluto” permite “abrir una escotilla para la revisión de todo lo actuado hasta el momento, con independencia de que las resoluciones ya dictadas hubieran ganado firmeza”.
La exclusión de los partidos políticos de la acusación particular está recogida en el proyecto de la nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (Loecrim) que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros. Pero Puente advierte de que, la ley vigente no contempla esa medida, por lo que rechaza expulsarles de la causa.
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