El juez Peinado deja un reguero de víctimas en la instrucción sobre Begoña Gómez
La Audiencia Provincial anula registros, veta investigaciones abiertas por conjeturas y retira la imputación a quienes contrataron a la mujer del presidente


El trabajo del juez Juan Carlos Peinado en la causa penal abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha entrado por méritos propios en la historia por ser uno de los procedimientos con más diligencias anuladas o corregidas por una instancia judicial superior. Los tres magistrados encargados de resolver las impugnaciones presentadas contra las decisiones de Peinado mantienen viva a duras penas una causa que ya dura 15 meses sin que hayan aparecido hasta el momento indicios sólidos de los delitos investigados. Las decisiones erróneas del instructor, corregidas por la Audiencia Provincial de Madrid, han dejado en este tiempo un reguero de víctimas a las que Peinado imputó por delitos que nunca cometieron o sancionó por hechos que no lo merecían.
El juez del caso Begoña Gómez ha ido admitiendo querellas y persiguiendo delitos (la esposa del presidente está siendo investigada por tráfico de influencias, apropiación indebida, intrusismo profesional y corrupción en los negocios) a la misma velocidad que sumaba imputados (Juan Carlos Barrabés, Joaquín Goyache, Juan José Güemes, Cristina Álvarez y Francisco Martín). A medida que el instructor ampliaba la investigación sobre nuevos hechos, apoyado en querellas y escritos de las acusaciones populares de ultraderecha, los indicios contra Begoña Gómez y el resto de imputados se iban disipando. Sus pesquisas sobre “todos los actos, conductas y comportamientos de Begoña Gómez desde que su esposo es el presidente del Gobierno”, como aclaró en un auto sobre el contenido de su investigación, le han llevado ahora a intentar la imputación del ministro de Justicia, Félix Bolaños, a quien atribuye los delitos de falso testimonio y malversación de fondos públicos. La decisión sobre el futuro judicial de Bolaños, que sólo puede ser juzgado por el Supremo por estar aforado, depende de los cinco magistrados que componen la sala de admisión de este tribunal.
Mientras tanto, Peinado se afana en la búsqueda de pruebas. Esta semana la Audiencia de Madrid ha rechazado un nuevo recurso y le ha permitido que siga investigando la parte de la malversación en el caso. El juez todavía no ha encontrado indicios sólidos 15 meses después de iniciada su investigación judicial. Sin embargo, Peinado ha dejado en este tiempo de intensa actividad procesal numerosas víctimas colaterales durante su instrucción, personas heridas en su reputación a las que atribuyó conductas corruptas que la Audiencia Provincial ha declarado inocentes sin que nadie pueda ya reparar el daño moral causado.
Lo que sigue es sólo un breve resumen de los platos rotos que Peinado ha dejado a su paso en la causa penal abierta contra Begoña Gómez. Puede avanzar por el texto o elegir en este friso los distintos protagonistas para ver el detalle.
La causa penal contra Begoña Gómez se abrió tras una denuncia de la asociación ultraderechista Manos Limpias elaborada a base de recortes de prensa con noticias sobre la mujer del presidente, algunas de ellas falsas. La Audiencia Provincial entendió que los únicos hechos que justificaban la apertura de una investigación judicial por tráfico de influencias eran varios concursos públicos de Red.es, organismo dependiente del Ministerio de Economía cuando ocurrieron los hechos, adjudicados a una UTE formada por Innova Next, propiedad de Juan Carlos Barrabés, y la firma The Valley.
El empresario Barrabés había dado dos o tres clases ―a razón de 150 euros cada una― en la cátedra que codirigía Begoña Gómez en la Complutense. Como en las ofertas presentadas por Barrabés al concurso de Red.es figuraba una carta de apoyo firmada por Gómez en nombre de la Universidad ―junto a otras 31 misivas, una de ellas del Ayuntamiento de Madrid―, la asociación ultraderechista Manos Limpias denunció un supuesto tráfico de influencias. El juez Peinado pidió un informe a la UCO de la Guardia Civil, que analizó los hechos, identificó a los participantes de Red.es en la mesa de contratación que puntuó a los concursantes, investigó todo el procedimiento y no observó ninguna irregularidad y, mucho menos, una conexión de Begoña Gómez con los trabajadores del ministerio que participaron en la resolución del concurso. A Peinado ―y a la Audiencia Provincial― le dio igual la respuesta de la UCO y siguió con la causa aunque dejó que la Fiscalía Europea Anticorrupción se encargara de investigar estos contratos dado que se habían financiado con fondos europeos. Un año después, apenas ha avanzado la investigación. La Fiscalía Europea tan sólo ha citado a declarar hace unos días a Barrabés y a un directivo de Red.es.

Joaquín Goyache
Joaquín Goyache, rector de la Universidad Complutense de Madrid, decidió aceptar la idea que le trasladó en 2020 Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno que trabajaba como profesora de la Universidad desde 2012 en un máster de captación de fondos públicos. Gómez codirigió una cátedra con el nombre de Transformación Social Competitiva y buscó los patrocinios necesarios para que la Complutense no gastase ni un solo euro de dinero público en los nuevos cursos. El juez Peinado imputó a Goyache el 22 de julio de 2024, tras escucharle como testigo negar que la contratación tuviera que ver con el hecho de que Gómez fuera la esposa del presidente. El rector envió un correo electrónico a sus compañeros quejándose de su situación: “Desconozco qué presunta conducta delictiva se me atribuye. Toda mi actuación fue conforme a la legalidad vigente”. Casi 10 meses después, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó sacar a Goyache de la causa “ante la ausencia de datos objetivos incriminatorios en los que asentar su condición de investigado en los delitos de tráfico de influencias”. Otra víctima colateral de esta imputación al rector fue la propia Begoña Gómez. Como consecuencia del supuesto escándalo, la Universidad Complutense canceló los cursos en los que trabajaba la mujer del presidente ―el argumento fue que no había demanda suficiente para el curso―. En los ocho primeros años (2012-2020) de vida laboral en Complutense, Begoña Gómez facturó casi 40.000 euros (a 5.000 euros de media al año). En los siguientes, ya como codirectora de la cátedra ―cargo sin remuneración― ingresó casi 15.000 euros al año.

Juan José Güemes
Juan José Güemes es directivo del Instituto de Empresa y exconsejero madrileño del PP. Fichó a Begoña Gómez en 2018, cuando Pedro Sánchez ya era presidente del Gobierno. Fue imputado el 20 de diciembre de 2024 por, supuestamente, contradecir una declaración de su subordinada que nunca se produjo. Güemes declaró como testigo y negó haber contratado a Begoña Gómez por ser la mujer del presidente. El juez entendió que estaba negando la versión dada por su secretaria en una declaración previa, también como testigo, y le volvió a citar como investigado. Sonsoles Gil de Antuñano, secretaria del directivo del IE, sólo testificó que quien le dio la instrucción de que formalizara un contrato con Begoña Gómez fue Güemes pero que no le dijo nada respecto de los motivos de la contratación y que ella los desconocía. El juez Peinado nunca rectificó su auto de imputación pese al error de bulto cometido por atribuir a un testigo una declaración que nunca hizo. Tuvo que ser la Audiencia Provincial de Madrid quien dejase sin efecto en mayo pasado la imputación de Güemes.

Francisco Martín
Francisco Martín (ex secretario general de Presidencia (2021-2022) y actual delegado del Gobierno en Madrid), imputado desde el 6 de mayo de 2025 por malversación de fondos públicos tras una querella de Vox. El juez le atribuye una responsabilidad penal por el nombramiento de Cristina Álvarez como asistente de Begoña Gómez el 16 de julio de 2018. Pero Francisco Martín llegó al puesto de secretario general de Presidencia en julio de 2021, tres años después del nombramiento de la asistente. Ni siquiera desde ese puesto tenía atribuciones para contratar a la asistente.
El juez admitió la querella contra Martín por “su aparente participación en el nombramiento de Cristina Álvarez para el ejercicio de funciones privadas de Begoña Gómez con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y, por tanto, con fondos de naturaleza pública”. Martín nunca participó en el nombramiento de Cristina Álvarez y, sin embargo, el juez Peinado le citó a declarar como imputado el pasado 14 de mayo. La asistente nunca dependió de Martín durante el tiempo en que este trabajó en La Moncloa.

Carlos Barrabés
El juez Peinado ordenó el 22 de agosto de 2024 una de las medidas más invasivas para la intimidad de una persona: la entrada y registro de la vivienda del empresario Juan Carlos Barrabés, imputado en el caso Begoña Gómez por tráfico de influencias. La Guardia Civil también registró la habitación del hospital en el que se encontraba ingresado Barrabés por enfermedad grave para quitarle el teléfono móvil. Peinado ordenó el registro cuando ya conocía dos informes de la Guardia Civil que descartaban la existencia de indicios delictivos en la actuación de Barrabés. El 5 de febrero de 2025, la Audiencia Provincial anuló las diligencias ordenadas por Peinado con un duro reproche hacia el instructor: “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Solo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad, etcétera dentro de los parámetros fijados en la ley (…) La resolución no justifica los motivos que llevan a registrar el domicilio (…) tampoco se justifica la necesidad de que el registro se practique a la media hora de la firma del auto, y todo ello considerando que se limitan los derechos del investigado, quien se encontraba ingresado en el hospital 12 de octubre, tampoco se comprende una medida tan extensa y desproporcionada a los fines de la instrucción (…) Son producto de un juicio de inferencia absolutamente ilógico y arbitrario”.

Pedro Sánchez
El juez Peinado citó a Pedro Sánchez como testigo en la causa penal abierta a su esposa, Begoña Gómez. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al presidente del Gobierno declarar por escrito “sobre los hechos de que tenga conocimiento por razón de su cargo”. Begoña Gómez estaba imputada por un delito de tráfico de influencias, que sólo puede cometer porque su marido es presidente del Gobierno. Sin embargo, el juez Peinado justificó su decisión en que quería interrogar a Sánchez sobre “cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo”, por lo que defendió que se hiciera en su despacho oficial. Sánchez se acogió a su derecho a no declarar y, pese a ello, el juez Peinado facilitó el vídeo de ese testimonio fallido a las partes, alguna de las cuales lo distribuyó entre los medios de comunicación. La Audiencia Provincial censuró esta decisión: “Carecía de cualquier utilidad la entrega de dicha declaración, ya que en dicha diligencia el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar, por lo que la entrega y publicación de dicho acto carecía de sentido, debiendo permitirse a las partes se instruyeran sin necesidad de entregar copia porque el citado contenido carecía de interés ya que sólo contenía determinados formalismos”.

Air Europa
La Audiencia Provincial ordenó el 29 de mayo de 2024 al juez Juan Carlos Peinado que dejase de investigar el rescate de Air Europa ya que los indicios por los que inició las pesquisas eran “meras conjeturas”. Peinado se agarró a una frase que se incluía en la resolución sobre la posibilidad de seguir investigando si aparecían nuevos datos. Pidió a la SEPI todo el expediente de esa ayuda y encargó a la Guardia Civil un informe sobre el rescate. La Audiencia Provincial le corrigió definitivamente en mayo de 2025 y le prohibió nuevas diligencias de investigación sobre Air Europa.

Begoña Gómez
El Instituto de Empresa contrató en 2018 a Begoña Gómez como directora del África Center para el desarrollo de proyectos de acción social en ese continente. Peinado investigó si ese fichaje privado obedecía a un tráfico de influencias por tratarse de la esposa del presidente del Gobierno. El directivo que la contrató, Juan José Güemes, lo negó y el juez le imputó. La Audiencia Provincial no sólo anuló esta imputación, basada en unas supuestas declaraciones que nunca se produjeron, sino que ordenó “excluir” del procedimiento todo lo relacionado con la contratación de Begoña Gómez por el IE y el delito de tráfico de influencias “ya que en este caso fue la empresa la que quiso contar con los servicios de la señora Gómez”.
Más delitos con una base frágil
Apropiación indebida de un software de uso gratuito. El registro de la propiedad intelectual certificó a petición de la Universidad Complutense de Madrid que no existe ningún software a nombre de Begoña Gómez. La esposa del presidente del Gobierno sólo registró a su nombre por 25 euros (cuota anual) el dominio de Internet donde se alojaba la plataforma tecnológica de uso gratuito comprometida dentro de los objetivos de la cátedra dirigida por Gómez. La Universidad Complutense le indició que debía hacerlo así.
Intrusismo profesional. Begoña Gómez firmó los pliegos de prescripciones técnicas para contratar los servicios de una empresa porque así se lo indicó la gerente de la Escuela de Gobierno de la Universidad Complutense, según varios correos electrónicos aportados a la causa.
Tráfico de influencias. La causa penal contra Begoña Gómez se inició porque había firmado dos cartas de apoyo que la empresa Innova Next había presentado junto a misivas de otras 31 entidades, entre ellas el Ayuntamiento de Madrid, a concursos de la entidad estatal Red.es. La investigación de la UCO de la Guardia Civil descartó cualquier irregularidad en los concursos que ganó Innova Next sin hallar ni una sola prueba de un supuesto tráfico de influencias. Begoña Gómez logró que empresas participadas por el Estado, como Indra o Telefónica, financiasen parte del proyecto de investigación asociado a la cátedra de la universidad pública. Los jefes de estas empresas declararon que esas ayudas eran similares a otras otorgadas a diferentes universidades en España.
Autos judiciales sin motivación y tardanza en resolver los recursos. La prosa del juez Peinado en sus autos es muy escasa. Las acusaciones populares de ultraderecha (Hazte Oír, Vox, Manos Limpias...) presentaron un recurso de reforma tras la imputación de la asistente de Begoña Gómez en el que pedían al instructor “aportar mayor argumentación, todo ello con el propósito de evitar riesgo innecesario de futuras nulidades que pudieran poner en peligro la progresión de la causa”. Además, Peinado no tramita con celeridad los recursos que le presentan las partes y como estas impugnaciones no tienen carácter suspensivo, el juez lleva a cabo diligencias que, muchos meses después, son anuladas por la Audiencia Provincial, como ocurrió con el registro de la vivienda del empresario Juan Carlos Barrabés.

Antonio Camacho
El juez Peinado multó al abogado de Begoña Gómez con 5.000 euros por hacer declaraciones a la prensa tras salir del juzgado. También sancionó con 500 euros por la misma circunstancia a los letrados de Vox y Hazte Oír. Era una decisión insólita en la historia de los procedimientos judiciales en España. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó la sanción.
Sobre la firma
