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Bruselas expedienta a España por impedir que las aerolíneas cobren por el equipaje de mano

“Restringe la libertad de las compañías aéreas para fijar precios”, señala la Comisión

Manuel V. Gómez

La Comisión Europea cree que las normas españolas cercenan la “libertad de las aerolíneas para fijar precios” en el equipaje de mano. Ante esto, ha decidido abrir un procedimiento que puede acabar llevando a España ante la justicia de la UE. El expediente abierto supone, además, un serio revés para el responsable de Consumo español, Pablo Bustinduy, que incluso se reunió el mes pasado con el comisario de Transportes, Apostolos Tzitzikostas, para pedirle que ignorara los argumentos de las compañías aéreas, sobre todo Ryanair, algo que evidentemente no ha hecho el griego.

“La Ley nacional de navegación aérea de España no permite a las compañías aéreas aplicar un recargo por el transporte de equipaje de mano, lo que restringe la libertad de las compañías aéreas para fijar precios y diferenciar entre un servicio que incluye el derecho a una franquicia de equipaje de mano más amplia y un servicio que no ofrece esa posibilidad y se limita a proporcionar la franquicia más reducida, que constituye un aspecto necesario del transporte”, explica la Comisión en el comunicado difundido este miércoles.

Al amparo de esta norma, Consumo impuso en noviembre de 2024 una multa a cinco aerolíneas que ascendía a un total de 179 millones, de la que la mayor parte recayó sobre Ryanair, 107,7 millones. “Estas sanciones también infringen el reglamento de la UE”, apunta la Comisión, al señalar que la norma española se basa en una interpretación de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que declaró que “el equipaje de mano debe ser, en principio, gratuito siempre que cumpla los requisitos razonables en cuanto a peso y dimensiones, y que se ajuste a los requisitos de seguridad aplicables”.

“El cobro del equipaje de mano supone un conflicto entre los intereses de la industria de las grandes aerolíneas, que se lucran con estas prácticas, y los derechos de los consumidores. Lamentablemente, hoy la Comisión ha decidido posicionarse del lado de los intereses de las multinacionales”, ha señalado Bustinduy nada más conocer la decisión de Bruselas a través de la red social Bluesky.

“El equipaje de mano que supere dichos requisitos razonables está sujeto a la libertad de fijación de precios”, añade la Comisión, partiendo de esa sentencia. “La Ley nacional de navegación aérea de España no permite a las compañías aéreas aplicar un recargo por el transporte de equipaje de mano, lo que restringe la libertad de las compañías aéreas para fijar precios y diferenciar entre un servicio que incluye el derecho a una franquicia de equipaje de mano más amplia y un servicio que no ofrece esa posibilidad y se limita a proporcionar la franquicia más reducida, que constituye un aspecto necesario del transporte”.

“Ver que la Comisión se pone del lado de las compañías aéreas es decepcionante para los consumidores, que esperan que su equipaje de mano esté incluido en el precio del billete de avión”, ha criticado la Organización Europea de Consumidores (BEUC, por sus siglas en inglés) al conocer el expediente. “Con esta medida, la Comisión está diciendo básicamente a los consumidores de la UE que el equipaje de mano es un artículo de lujo por el que hay que pagar”.

Ryanair ha sido la más beligerante del quinteto de empresas castigado con esa decisión y con la norma española, hasta el punto de que su polémico consejero delegado, Michael O’Leary, también se vio con Tzitzikostas, el pasado septiembre. Este encuentro provocó el enfado de Bustinduy, quien reprochó al comisario que se viera antes que con él.

Tras ese enfado, llegó el encuentro por videoconferencia entre el político progresista español y el conservador griego. Al acabar, el primero mostró su sorpresa por ver “ciertas similitudes entre los argumentos del comisario y la línea general de las intervenciones de Ryanair”. La versión de Bruselas sobre el encuentro fue más diplomática. Fuentes de la Comisión explicaban entonces, el pasado 16 de septiembre, que había recibido “suficiente información de las autoridades españolas y está reflexionando sobre los próximos pasos”.

El paso anunciado este miércoles demuestra que los argumentos del Gobierno español no convencen a la Comisión y, de ahí, que haya decidido iniciar un procedimiento de infracción. Ahora España tiene dos meses para responder a la carta remitida por Bruselas exponiéndole sus argumentos. Si tampoco le persuade, la Comisión le pedirá de nuevo a España un informe razonado. El último paso es, por parte del Ejecutivo nacional, acudir a los tribunales de Luxemburgo.

Durante todos estos trámites, la posición de Consumo, atendiendo a sus primeras reacciones, pasarán por defender que la norma española y su decisión de multar a las aerolíneas se ajusta al derecho de la UE. En su opinión, tienen argumentación jurídica.

Desde el departamento Consumo han aclarado además que “este expediente no altera las sanciones a las cinco aerolíneas” por parte del Gobierno de España, que siguen en curso, y que actualmente se encuentran recurridas en vía judicial, ya que la CE “no tiene potestad para decidir sobre la viabilidad de las sanciones o la interpretación de la normativa europea, que es competencia del TJUE”.

España es uno de los Estados miembros con más expedientes abiertos de la Unión, más de 90, y también uno de los que más tiempo tarda en subsanar la situación cuando se trata de asuntos del mercado único, como señalan las cifras de la Comisión.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.
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