Un buen impuesto mal puesto
La tributación por sociedades mejora pero deben limarse las graves chapuzas


El polémico retoque al alza del impuesto de sociedades (IS) que limita desde principio de año algunas de sus deducciones va en la buena dirección.
Tiene sentido presupuestario, para cumplir en 2017 el déficit del 3,1% pactado con los socios de la UE: aumentando la recaudación por este concepto se evita agravar otros que afectan más directamente al contribuyente modesto (IVA, IRPF), o reducir gasto social. Lo tiene para “mitigar las negativas consecuencias que un elevado déficit público tiene sobre la economía española”, sin necesidad de apelar a la UE (RDL 3/2016, BOE 3/12/2016). Y tiene sentido fiscal porque aproxima la recaudación a la media europea. Y porque acerca el tipo real del impuesto (el 6,9% en las grandes corporaciones) al nominal (el 28%).
En realidad, acaba con unos de los grandes agujeros que convertían al IS en un gruyère, y al sistema impositivo español, en un escándalo antirredistributivo. Baste una comparación. La recaudación por IS se desplomó de 44.823 millones a 20.649 entre 2007 y 2015: 24.174 millones menos. Solo la deducción por pérdidas derivadas del deterioro de inversiones en cartera (compra de filiales) superó los 88.000 millones en el cuatrienio 2009-2012: a una media anual de 22.000 millones (EL PAIS, 21/12/16). O sea que sin ella, la recaudación se habría mantenido.
Además, el retoque tiene sentido de futuro al enmarcarse en la tendencia de armonizar la imposición empresarial en la UE, con el proyecto de Directiva sobre una Base Fiscal Común Corporativa de octubre (EL PAIS, 20/10/2016) que también pretende ampliar las bases imponibles eliminando o limitando la pléyade de exenciones y deducciones.
También exhibe coherencia fiscal cada uno de los retoques practicados. Al limitarse con topes los créditos fiscales por bases negativas (las cuentas pendientes a favor de las empresas por ejercicios anteriores en números rojos) se logra que, aunque esas compensaciones permanezcan en buena medida, no anulen la cuota líquida. Es decir, que siempre resulte una cuota positiva a ingresar.
Al rebajarse los beneficios por pérdidas de filiales, se evitan algunas inversiones aventureras mantenidas artificiosamente para crear pérdidas en la matriz y rebajar la factura fiscal, cuando el sentido de una inversión es generar beneficios. Y también se equipara el trato, asimétrico, entre las ganancias (dividendos y plusvalías) que no tributaban; y las pérdidas, que podían legalmente deducirse. Ahora, el enfoque será homogéneo: no tributarán las ganancias de las filiales, tampoco se deducirán sus pérdidas.
Así que el IS se convierte en un impuesto mejor, contra la enmienda a la totalidad (a todos sus extremos) subyacente al “Análisis práctico” elaborado por la patronal CEOE. Pero este tiene mucho fundamento en dos aspectos clave. Uno es la extrema retroactividad, sin matices: el retoque se aprueba “cuando ya estaba casi finalizado el ejercicio y la inmensa mayoría de las empresas ya tenían preparado el presupuesto de efectivo” o flujo de caja proyectado (la tesorería), para 2017.
El otro es que muchas empresas pagarán ahora por unos beneficios que no obtuvieron: pues las que ya estaban en pérdidas no podían beneficiarse de las deducciones por el deterioro de su cartera (pérdidas de sus filiales). La patronal lo critica con razón porque “supone el gravamen de una renta inexistente o ficticia”. Una mayor flexibilidad (en plazos, en tratamientos específicos) debería permitir además que ninguna empresa se vea abocada a cerrar por culpa de una aplicación precipitada de esta reforma. Su tramitación como proyecto de ley es la ocasión para limar sus graves chapuzas. Porque el IS es ahora un buen impuesto, pero mal puesto.
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