El Banco de España aprueba el aumento de la transparencia de las entidades financieras
El organismo rebaja a dos las provisiones de riesgos y flexibiliza el modelo contable
El Banco de España ha aprobado la nueva circular contable, en la que redujo a dos el número de provisiones que deben constituir las entidades financieras por los riesgos que asumen y, además, flexibilizó el modelo contable que deben seguir, con lo que se da más libertad a los gestores para elegir políticas diferentes.
El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado la nueva Circular Contable 4/2004, que entrará en vigor el 1 de enero de 2005, y facilitará la aplicación por parte de las entidades de crédito españolas de las nuevas normas internacionales de información financiera.
Según el Banco de España, durante todo el procedimiento su objetivo ha sido reforzar la transparencia y facilitar el proceso de adaptación de las entidades a una regulación de carácter supranacional y de gran trascendencia, ya que modifica los principios contables aplicados en toda la Unión Europea.
Estas nuevas normas internacionales están orientadas a mejorar la información suministrada a los inversores sobre las sociedades que cotizan en los mercados y pretenden favorecer la convergencia en los estándares contables a nivel internacional.
Reglamento comunitario
Cabe recordar que esos principios, impulsados por el International Accounting Standard Board (IASB), han dado lugar a un reglamento comunitario que entrará en vigor el 1 de enero de 2005 y que sirve de base a la nueva Circular Contable del Banco de España.
Con esta circular, el BE extiende el nuevo marco regulatorio tanto a los balances individuales como a los reservados, evitando así una costosa y compleja coexistencia de dos criterios contables distintos. Además, al extender su aplicación a todas las entidades de crédito nacionales, y no sólo a las cotizadas, se ha pretendido evitar cualquier distorsión de la libre competencia entre ellas.
La circular entrará en vigor el próximo 1 de enero, en paralelo con el reglamento comunitario. Para los estados financieros individuales, la entrada en vigor será el 30 de junio de 2005.
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