Garzón rechaza suspender ANV al no hallar "el más mínimo indicio" de vinculación a ETA
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón rechazó ayer la pretensión de la asociación Dignidad y Justicia de suspender judicialmente al partido Acción Nacionalista Vasca (ANV) al no existir "el más mínimo indicio de pertenencia, integración, vinculación orgánica, ni siquiera temporal o transitoria, de ANV con ETA-Batasuna". Garzón llegó a esta conclusión tras analizar el informe conjunto de la Policía y la Guardia Civil sobre ANV y constatar que sus dirigentes no han desarrollado actividades relacionadas con ETA.
ANV es hoy un partido legal, sin que conste que sus estructuras hayan sido 'fagocitadas' por organizaciones ilegales
"No se puede producir una cadena inacabable de ilegalizaciones si no hay indicios incontestables", afirma el juez
El magistrado afirma que su decisión es "provisional", y puede variar si se hallan pruebas que ahora no se conocen
El magistrado señala, sin embargo, que su decisión es "provisional", con base en los indicios de los que se dispone en este momento. Con ello quiere decir que "pueden aparecer otros indicios, que ahora no existen o no se conocen y que, debidamente aportados, pudieran hacer variar la posición" adoptada ayer.
El juez explica la doctrina reunida en algunos de sus autos y asegura que en ellos "no se criminaliza ni una ideología ni una opción política concreta", sino a unas personas por su participación en hechos presuntamente delictivos. "Cuando han existido indicios, se ha suspendido o declarado ilícitas a Batasuna, Jarrai, Segi", etcétera. Pero "no se puede producir una cadena inacabable de suspensiones ni ilegalizaciones si no hay indicios probatorios incontestables", añade.
El auto judicial desmenuza la historia de ANV desde su fundación, el 30 de noviembre de 1930, hasta ahora y recuerda que participó en Herri Batasuna desde 1978 hasta 2001, en que se configura Batasuna y decide permanecer fuera de ella. Con Batasuna ya suspendida por Garzón en 2003, miembros de esa formación y ANV pactaron un protocolo de colaboración "para intentar, en la medida de lo posible, frenar parte de los efectos de una ilegalización". Pero tras la efectiva ilegalización de Batasuna, ANV, aunque participa en diversos actos, "mantiene una estructura diferente, ajena al propio entorno de Batasuna".
Para Garzón queda así demostrado que ANV se ubica, como Batasuna, en el mismo ámbito ideológico que la izquierda abertzale, pero a partir de 2001 la vinculación es esporádica y coyuntural. El informe conjunto de la Policía y Guardia Civil reclamado por Garzón detalla cuatro aspectos destacados:
- ANV no ha sido creada ni dirigida por ETA, aunque al formar parte de HB podría haber estado instrumentalizada indirectamente por la banda.
- ANV no ha estado ni está bajo la disciplina de ETA después de 2001, aparte de algunas puntuales coincidencias en objetivos comunes.
- ANV, hoy por hoy, no es un instrumento de ETA-Batasuna y se trata de un partido político legal, sin que conste que sus estructuras hayan sido fagocitadas por otras organizaciones ilegales.
- Es una formación política que se inserta en la izquierda abertzale, aunque no en la que definen ETA y Batasuna.
En suma, el juez constata "la plena legalidad de la formación cuestionada y que es ajena al proceso penal por presunta integración en organización terrorista, en el que se solicita su suspensión.
Respecto de las tres estrategias del proyecto electoral de Batasuna, o planes A (legalización del partido Abertzale Sozialisten Batasuna, presentado y pendiente de resolución del Tribunal Supremo), B (agrupaciones electorales) y C (utilización de alguna candidatura de ANV), Garzón incide en que los documentos intervenidos por la policía se refieren al proyecto político de Batasuna, pero ninguno contiene referencia alguna a ANV.
Siguiendo el mismo informe conjunto, el magistrado cita elementos que avalan "la separación" entre los responsables de Batasuna y ANV: que los dirigentes de ésta carezcan de antecedentes por delitos de terrorismo; que no haya constancia de que la sede de ANV haya sido utilizada por Batasuna, ni que sirva para financiar a estructuras ilegales (el hecho de tener una hucha con la pintura de Segi no es suficiente indicio); que no se haya averiguado si los contactos entre un miembro de Batasuna y una integrante de ANV obedecen a una relación particular o a una hipotética vinculación entre ambas organizaciones.
En definitiva, el juez considera "inviable" la criminalización de ANV y de sus militantes y responsables orgánicos, "sin perjuicio de lo que resulte en la jurisdicción de la Sala Especial del Tribunal Supremo" si la cuestión se plantea allí.

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