El Código Penal contradice la ley vigente

La clonación terapéutica (o transferencia nuclear) y la obtención de células madre embrionarias son dos técnicas relacionadas científicamente, pero separadas legalmente: la primera será aprobada por la próxima Ley de Investigación Biomédica, y la segunda ya lo está por la nueva Ley de Reproducción Asistida. El Código Penal vigente contradice a esta última ley, ya en vigor, y ésa es la razón que hace necesaria su próxima reforma.
La técnica que ya está aprobada consiste en extraer células madre de los embriones de dos semanas que suelen sobrar de las fecundaciones in vitro. Las clínicas los congelan por si el tratamiento de reproducción asistida falla al primer intento, o por si la pareja quiere repetir en el futuro. Si la pareja no quiere, y da su consentimiento informado, los embriones congelados pueden utilizarse para extraer células madre.
Los científicos llevan unos años explorando formas de convertir esas células en tejidos útiles para trasplantes. Las células madre embrionarias son capaces de producir cualquier tejido del cuerpo -ésa es su función cuando están dentro de un embrión implantado en un útero-, y los estudios con modelos animales ya han demostrado que la técnica funciona.
El Código Penal en vigor, que fue redactado sin tomar en consideración estos avances técnicos, sanciona a "quienes fecunden óvulos humanos con cualquier fin distinto a la procreación", y por tanto contradice a la ley vigente. Podría aducirse que los óvulos fueron fecundados para procrear, y sólo después desviados a un fin distinto, pero los científicos no pueden trabajar con semejante inseguridad jurídica sobre sus cabezas: de ahí la necesidad de reformar un Código Penal que impone penas de cárcel por ejercer una actividad no sólo legal, sino impulsada y financiada por el Gobierno. Y también por el anterior Gobierno.
La clonación terapéutica consiste en tomar una célula de un paciente, extraerle el núcleo (que contiene el genoma) e introducirlo en un óvulo al que previamente se ha privado de su propio núcleo. Cuando esta técnica funcione, el resultado será un embrión de dos semanas como los congelados en las clínicas, sólo que idéntico genéticamente al paciente. La idea es obtener células madre que puedan trasplantarse al paciente sin generar rechazo.
Ni el Código Penal vigente, que habla de fecundaciones, ni su reforma, que se limita a prohibir la clonación de bebés, tienen relación alguna con la anterior técnica biomédica.
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