La CE exige a España igual trato a todos los accionistas
La Comisión Europea decidió ayer enviar a España un dictamen motivado para que modifique una normativa que discrimina a los accionistas de las sociedades anónimas que cotizan en Bolsa. El Ejecutivo comunitario explicó que la legislación española supone un "trato discriminatorio", ya que infringe el principio de igualdad de trato de los accionistas y los derechos preferentes conferidos a éstos, según la segunda directiva sobre Derecho de Sociedades.
Esos derechos preferentes sirven para fomentar la inversión proporcionando a los accionistas antiguos la garantía de que serán los primeros en tener la oportunidad de adquirir acciones de nueva emisión. A juicio de la Comisión, la normativa española "permite la discriminación de los accionistas de sociedades anónimas cotizadas con ocasión de la emisión de nuevas acciones y convertibles".
La Comisión decidió pedir oficialmente al Gobierno español que modifique esa normativa, lo que hará a través de un dictamen motivado, que es la segunda fase del procedimiento de infracción previsto en el Tratado de la UE.
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Según explica la Comisión, el artículo 159 de la Ley de Sociedades Anónimas española señala que cuando una sociedad que cotiza en Bolsa emite nuevas acciones por una ampliación de capital puede denegar los derechos preferentes a los accionistas existentes.
Esas mismas acciones pueden venderse posteriormente a terceros "con un descuento considerable respecto de su valor de mercado". Esta posibilidad se aplica "como una excepción al principio general establecido en ese mismo artículo de la ley, en virtud del cual el precio de emisión de las nuevas acciones ha de ser equivalente al valor razonable, que en el caso de las sociedades cotizadas se entiende como valor de mercado, salvo que se justifique lo contrario".
La Comisión considera que esa excepción "puede debilitar indebidamente las participaciones de los accionistas" al reducirlas en proporción al capital social total de la sociedad.
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