El Supremo condena por publicar una imagen de una playa nudista
'La Voz de Almería' dio la foto sin permiso
La Sala Civil del Tribunal Supremo ha condenado a La Voz de Almería por la publicación en primera página de la fotografía de una mujer desnuda obtenida en la playa naturista de Vera (Almería). El Supremo sostiene que las playas nudistas configuran un ámbito de privacidad "absolutamente legítimo", en el que obtener fotos sin permiso incurre en una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal.
El origen de la sentencia del Supremo conocida ayer fue la publicación, el domingo 28 de junio de 1998, en la portada del periódico La Voz de Almería, de una fotografía de gran tamaño de la playa nudista de Vera, en la que aparecía Rosa Ute Huber, totalmente desnuda, paseando con su perro. Según la propia fotografía publicada, en la playa donde fue obtenida la imagen de Ute Huber aparecía un cartel que informaba de que la playa era para uso exclusivo naturista.
La mujer fotografiada demandó al periódico, al que reclamó diez millones de pesetas (60.000 euros) por los perjuicios causados y el daño moral sufrido. El juez de primera instancia de Almería estimó que la fotografía publicada constituía una intromisión ilegítima en la intimidad personal y la propia imagen de la demandante y condenó a La Voz de Almería a indemnizarle con un millón de pesetas (6.000 euros).
El diario apeló a la Audiencia Provincial de Almería, que revocó la condena y absolvió al periódico, en consideración a que "el rostro de la persona que aparece desnuda no es visible" en la foto. Ute Huber recurrió esa sentencia ante el Supremo, que la ha anulado y confirmado íntegramente la dictada por el juzgado, que se ha convertido en firme.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente Pedro González Poveda, considera "ilógica y arbitraria la conclusión" de la Audiencia de Almería de "no ser identificable" la demandante, dado que los testigos que declararon en el juicio "identificaron la fotografía como reproducción de la figura" de Rosa Ute Huber.
En cuanto al hecho no controvertido de que la fotografía fue "tomada y publicada sin el consentimiento" de Ute Huber, quien no es "personaje público", el Supremo concluye que hubo intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen. Y razona que también hubo intromisión ilegítima en el derecho fundamental a la intimidad personal por la obtención de la fotografía en una playa naturista, que evalúa como la invasión de "un ámbito de privacidad absolutamente legítimo", reservado a "los seguidores del movimiento naturista para desarrollar las actividades que consideren oportunas en la forma que crean más adecuada".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Sánchez considera que no es una deslealtad que Díaz exija una crisis de Gobierno
La policía halla muerto al sospechoso del tiroteo masivo de la universidad de Brown
La UE acuerda emitir eurobonos para financiar a Ucrania
Milei posterga el debate legislativo de la reforma laboral entre protestas sindicales
Lo más visto
- Los hijos de Isak Andic negocian un acuerdo para pagar 27 millones a la pareja del empresario y cerrar el conflicto por el legado
- El Supremo condena a ‘Okdiario’ y a Eduardo Inda por intromisión en el honor de Iglesias al acusarle de cobrar de Venezuela
- Irene Escolar: “Si la gente se droga es porque encuentra en ello una anestesia que necesita. Negarlo es absurdo”
- La asociación mayoritaria de guardias civiles no está de acuerdo con la DGT en sustituir los triángulos por la baliza V16
- “No podemos hacer nada”: la IA permite copiar en exámenes de universidad con una facilidad nunca vista




























































