Un juez federal exculpa a los autores de programas de intercambio de archivos del uso ilegal de los mismos
Un juez federal de Los Ángeles ha dictado una sentencia que ha irritado a la industria discográfica y cinematográfica del país. Según el juez, los autores de programas de intercambio de archivos (P2P) no son responsables de los usos ilegales que puedan hacer quienes trabajan con ellos. Este tipo de programas se han hecho muy populares entre quienes se intercambian archivos de música y películas. La industria lo considera una fuente de piratería que perjudica gravemente su negocio.
La sentencia se produce en el marco de una demanda de la industria contra Streamcast, empresa del programa Morpheus, y Grokster.
Según el juez, estas empresas no son distintas a las que fabrican grabadores de vídeo y estos aparatos pueden utilizarse para sacar una copia de un filme.
De hecho, en su argumentación recuerda el caso planteado en 1984 que exculpó a Sony de haber introducido en el mercado el reproductor de vídeos Betamax.
Esta sentencia se une a otra dictada en Holanda que disculpó a los autores de Kazaa del intercambio gratuito de canciones musicales que, masivamente, hacen sus usuarios.
La sentencia favorece a las citadas compañías en sus negociaciones con la industria del disco para buscar fórmulas que legalicen su tráfico. Las discográficas obtuvieron una sonora victoria al conseguir el cierre del programa pionero Napster que lanzó esta tecnología.
El juez considera que la tecnología descentralizada de estos programas -a diferencia de Napster, que albergaba sus intercambios en una base de datos central- los hace irresponsables de las conductas de sus usuarios. Un portavoz de las discográficas manifestó su disgusto por la sentencia y anunció un recurso a la misma. Considera que esta sentencia anima y facilita el pirateo de canciones.
"Esperamos que los ciudadanos no interpreten esta sentencia como una invitación a proseguir por un camino que es claramente ilegal", dijo.
Las discográficas ven un resquicio en la sentencia en la medida que ésta no exculpa a las personas individuales que se descargan gratuitamente canciones protegidas por derechos de autor.
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