La Audiencia de Sevilla baja la pena a un ganadero que dio anabolizantes a sus reses

La Audiencia Provincial de Sevilla ha rebajado de tres años a 18 meses de cárcel la condena impuesta a un ganadero de Utrera, Jesús Escudero, por un delito contra la salud pública, al haber engordado artificialmente a sus reses suministrándoles sustancias prohibidas. La nueva sentencia rebaja también de 13,5 a 10,5 millones de pesetas la multa impuesta al ganadero, y de ocho a siete años la pena de inhabilitación.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa porque en el juicio no fue ratificado un informe pericial que detectó restos de clembuterol en tres bovinos. Pese a ello, la sentencia estima que sí ha quedado ratificado el suministro de otras sustancias anabolizantes, lo que unido a las pruebas aportadas por testigos, acreditan 'la utilización, a instancias del empresario, de la referida sustancia para el engorde del ganado de su explotación'.
La Audiencia Provincial confirma en la nueva sentencia el relato de los hechos, según el cual el ganadero, 'en fechas próximas a diciembre de 1996', ordenó a sus empleados que suministraran al ganado anabolizantes no autorizados. Según la sentencia, Jesús Escudero, de 61 años, tomó esta decisión para 'acelerar el proceso de engorde del ganado y maximizar los beneficios, siendo consciente de que tales sustancias estaban prohibidas por su caracter perjudicial para la salud humana'.
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