Junta flexible
La Junta Electoral Central (JEC), al estimar el recurso presentado por la coalición PNV-EA contra la resolución de la Junta electoral vasca, ha evitado el problema político de que esas formaciones se quedaran sin presencia en los espacios electorales de los medios públicos de Euskadi. Hubiera sido un problema grave, por el riesgo de que esa ausencia fuera utilizada como pretexto para cuestionar la limpieza de las elecciones. La Junta ha optado por una interpretación no literal de la ley electoral vasca, que exige la presencia de candidaturas comunes en las tres provincias para tener derecho a los espacios electorales en los medios de ámbito vasco.
La Junta admite que, si bien la coalición se presenta en Guipúzcoa con un nombre ligeramente diferente al empleado en las otras dos provincias vascas, hay evidencias de que se trata de una misma coalición. La Junta, un órgano administrativo, no judicial, integrado por ocho magistrados y cinco catedráticos, considera como valores más sustantivos que el respeto a la literalidad de la norma el de favorecer la información de los electores y el derecho de los partidos a la participación política. Toda ley es interpretable, y la que ha hecho la Junta Electoral Central es algo forzada, pero no absurda.
Lo absurdo es la pretensión de los recurrentes de que cualquier otra interpretación hubiera significado 'un intento del PP y el PSOE de silenciar el mensaje del nacionalismo democrático', cuando fueron PNV y EA quienes organizaron la martingala del cambio de nombre en Guipúzcoa para esquivar una norma que ellos mismos habían aprobado: la que impide formar grupos parlamentarios diferentes a formaciones que no han competido entre sí en las elecciones, lo cual es, por otra parte, muy lógico. Como lo sería que ahora, una vez que se les ha reconocido que eran una sola candidatura, no pretendan que son dos a la hora de solicitar del Parlamento vasco la constitución de dos grupos independientes. Pero esperar eso sería soñar despiertos.
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