Condena al Gobierno de Valencia por pedir a los sindicalistas su ideología
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana emitió ayer una sentencia que prohíbe a la Generalitat registrar en ficheros informáticos datos sobre la "ideología" de los representantes sindicales dentro y fuera de la Administración. La sentencia estima que la intención de registrar la ideología supone "un indubitado, grave y directo ataque a la intimidad personal" y una vulneración esencial de un derecho fundamental.
La Consejería de Empleo emitió una orden en abril de 1999 que pretendía registrar a todos los representantes sindicales de la Comunidad Valenciana en un fichero informático. Formalmente, la iniciativa perseguía agilizar "usos estadísticos y de control de la gestión, elaboración de la representatividad de las elecciones sindicales, de sindicatos de trabajadores y funcionarios".La orden pretendía que los candidatos a representantes de los trabajadores en las elecciones sindicales aportaran una serie de datos genéricos habituales y que consignaran, además, su "ideología" y el "sindicato" al que pertenecían.
La Federación de Servicios Públicos de la UGT del País Valenciano recurrió la orden ante el TSJ y exigió que se retiraran las menciones a la "ideología" y a la adscripción sindical de los candidatos.
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del TSJ ha emitido un fallo tajante que "anula" la orden firmada por el exconsejero de Empleo Diego Such, "en el extremo relativo al dato de ideología, así como su exclusión de los ficheros informatizados en que se halla incluido", porque vulnera dos preceptos constitucionales. Sin embargo, invoca el "libre derecho de sindicación" para desestimar la segunda exigencia de UGT. El hecho de que "las circunstancias" se refieran precisamente a las elecciones sindicales "lleva implícita la renuncia" de los aspirantes a representantes de los trabajadores a ocultar su pertenencia a un sindicato concreto, dice el fallo.
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