La Audiencia de Valencia condena a un médico a indemnizar a una paciente a quien causó una tetraplejia
"No existe la menor duda de la relación causal existente entre el diurético recetado y el daño producido". Esta argumentación ha servido de base a la Audiencia de Valencia para condenar al doctor Rafael Pitarch Flors y a la compañía de seguros Allianz Ras a que indemnicen a Dolores M. S., por los "daños personales y materiales causados" a la paciente "limitando la responsabilidad de la aseguradora el pago de 10 millones de pesetas" . Los daños personales a los que alude el texto son la tetraplejia que le sobrevino a Miñana y la inmovilidad causada, producto del tratamiento recetado por el doctor Pitarch. La paciente acudió a la consulta de Pitarch en junio de 1991 para tratarse la hipertensión severa que padecía. El 9 de septiembre, el doctor modificó el tratamiento inicial y recetó a la paciente el fármaco Diondel, un cambio que le provocó un empeoramiento de su salud. Pese al agravamiento de su situación, el doctor asoció su estado físico "a la depresión que padecía, limitándose a su toma de tensión", como recoge la sentencia. El 11 de noviembre, Dolores fue ingresada en el Hospital Valencia al Mar. El 30 de septiembre de 1992 era dada de alta con una lesión por la que "necesitaba ayuda para casi todos los actos de la vida diaria". Para el tribunal, además de la "relación directa entre la administración de Diondel y las graves lesiones producidas", el doctor "no supo interpretar los síntomas de la demandante" cuando acudió a visitarla a su domicilio en septiembre. Por todo ello, el tribunal ha estimado el recurso presentado por la paciente contra una anterior sentencia que exculpaba al facultativo y a la compañía de seguros.
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