La futura ley del territorio permite ubicar industrias sobre suelo no urbanizable
El suelo no urbanizable, tanto común como protegido, es susceptible de actuaciones de "interés comunitario" que permiten su uso para actividades industriales y productivas o actividades terciarias y de servicios, según el anteproyecto de Ley de Ordenación del Territorio que baraja el Consell. La declaración de interés comunitario corresponde al Consell, que resolverá las solicitudes formuladas por promotores que no tienen por qué ser propietarios del suelo afectado, una figura próxima a la del agente urbanizador.
El agente urbanizador es una de las figuras más características de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana, que permite que promotores ajenos a la propiedad puedan presentar iniciativas de urbanización resueltas por concurso. La Ley de Ordenación Territorial prevé que aquellas actividades industriales y terciarias que no puedan ubicarse sobre suelo urbano, y que ocupen más de cuatro hectáreas o que exijan más de 8.000 metros cuadrados de construcción, puedan ser sometidas a una declaración de "interés comunitario" que les permitiría asentarse sobre suelo no urbanizable. Los promotores deben contar con la autorización de la propiedad de los terrenos, pero una vez formulada una iniciativa existe la posibilidad de que otras propuestas técnicas y económicas alternativas compitan con la primera. Las actividades terciarias previstas en suelo no urbanizable van, según el borrador de la ley, desde el almacenamiento de residuos hasta la extensión de redes de suministro y comunicaciones. Pero también admiten la construcción de todo tipo de albergues y campamentos turísticos, dotaciones culturales, deportivas, de ocio, o para servicios funerarios y religiosos. PÁGINA 3
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