Una cuestión de competencia
El caso por el secuestro del grapo Jesús Cela Seoane se puede convertir en breve en una cuestión de competencia. Aunque las actuaciones han concluido y no hay más pruebas que puedan practicarse, el caso ha pasado a ser procedimiento abreviado. Entramos de hecho en el periodo de formular acusación o petición de archivo y las defensas pueden impugnar el procedimiento por estimar que los hechos no son competencia de la Audiencia Nacional.
El asunto empezó integrado en el caso Oñederra, que investiga cuatro de los primeros asesinatos cometidos por los GAL. La competencia de la Audiencia Nacional estaba clara, pues se trataba de delitos de terrorismo.
Sin embargo, el otoño pasado el juez decidió desglosar varios procedimientos del caso Oñederra, entre ellos el del envío de cartas bomba a simpatizantes de ETA -una de las cuales mató a un cartero en Rentería (Guipúzcoa)-, la experimentación de un fármaco en mendigos y el secuestro de Cela Seoane.
El juez Baltasar Garzón y el fiscal Pedro Rubira defendían la tesis de que todos estos casos eran actuaciones de los GAL, dentro de la estrategia marcada por el documento del Cesid desclasificado por el Gobierno y que se ha dado en llamar Acta fundacional de. los GAL.
De mantener la tesis, la competencia de la Audiencia está clara, pero los abogados defensores mantienen que -el secuestro no se produjo, y que, en el caso de que se hubiera producido, no es un delito que sea competencia de la Audiencia Nacional, sino de los tribunales ordinarios.
El abogado Jorge Argote, defensor de Gómez Nieto y de los otros cuatro guardias de los grupos Omega afirmó ayer: "Garzón no tiene nada y en cualquier caso la detención ilegal no es competencia de la Audiencia Nacional".
La batalla jurídica acaba de empezar.
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