La eutanasia activa seguirá castigada con penas de hasta seis años de cárcel
Ramón Sampedro, tetrapléjico desde hace 25 años que reclama, su derecho a morir dignamente, tendrá que esperar. La petición, realizada por el fiscal que intervino en su caso para que se regule: la eutanasia activa en el Código Penal fue rechazada ayer por la Comisión de Justicia e Interior del Congreso, que mantuvo para, tales conductas penas de hasta, seis años de cárcel.La comisión aprobó ayer 21 nuevos artículos, entre ellos la supresión de la agravante de premeditación en el asesinato, y confirmó la supresión del parricidio y el infanticidio.
El diputado del PP, Federico Trillo, pidió que se aumente hasta 25 años la condena por asesinato y se mantenga como delito específico el parricidio [matar al ascendiente, descendiente o cónyuge], por tratarse del "más execrable crimen".
En cambio, propuso rebajar a de dos a cuatro años la pena para la mujer que mate a su hijo "bajo la influencia del estado puerperal o de tensiones emocionales" como consecuencia del parto.
Por el PSOE, Carmen del Campo, se opuso a la filosofía del PP de elevar las penas, que puso en contraste con su propuesta de atenuar el castigo del infanticidio. Comparó esta postura con la posición del PP respecto al aborto consentido por la mujer, para el que pide seis años de cárcel. "¿Es que el PP protege más la viabilidad del feto que del recién nacido?", se preguntó.
Se aprobó que el homicidio se castigue con prisión de 10 a 15 años. Tal pena se elevará hasta 20 años cuando el homicidio, que entonces se llamará asesinato, se perpetre con alevosía; por precio, recompensa o promesa; o con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido. Desapareció, en cambio, la agravante de "premeditación conocida".
El otro gran debate de ayer el de la eutanasia, que seguirá castigada con penas de cárcel, de seis meses a seis anos. Muy inferiores, sin embargo, a las del Código Penal vigente, que al no regular la eutanasia permite equipararla con la inducción o cooperación al suicidio, castigados con hasta 20 años de prisión.
El PP propuso que se mantenga la misma pena para la inducción y la cooperación al suicidio, si bien rebajando ambas a entre cuatro y ocho años de cárcel. La socialista Del Campo defendió la distinción entre inducción y cooperación. "Es más grave empujar a alguien a quitarse la vida que colaborar con quien ya tiene decidido quitársela".
Se aprobó imponer una pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona y castigarle con entre seis y 10 años "si la cooperación llegare hasta el punto de ejecutar la muerte".
En cuanto a la eutanasia activa, Trillo, por el PP, aceptó suavizar las penas propuestas por el código, pero fue Diego López Garrido, de IU, quien mantuvo una posición más radical: despenalizarla absolutamente.
Propuso que "quedará exento de pena quien, mediante actos necesarios o de cooperación activa, permitiere, propiciare o facilitare la muerte digna y sin dolor de otra persona, a petición expresa y debidamente acreditada de ésta, en caso de que sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar". La enmienda fue rechazada.
Frente a la afirmación de López Garrido de que existe consenso social y margen constitucional en favor de la despenalización de la eutanasia activa, Emilio Olabarría, del PNV, expresó sus dudas sobre ambas aseveraciones. Del Campo se opuso a la exención de pena para estas conductas y defendió la posición intermedia de su grupo.
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