La situación familiar determinará las ayudas

La cuantificación de las ayudas parte de la fijación de las máximas correspondientes a cada una de las clases de incapacidad previstas por la legislación de la Seguridad Social. El importe de las ayudas se establecerá mediante la aplicación de coeficientes correctores sobre las cuantías máximas previstas en atención a la situación económica de la víctima, el número de personas que dependan económicamente de ella y el grado de afectación.
La Secretaría de Estado de Justicia insiste en el contenido social y realista del proyecto y critica la "demagogia" del anteproyecto del Partido Popular, cuyo coste ese acercaba al billón de pesetas, según las estimaciones de Justicia.
Los diversos casos previstos son:
Incapacidad temporal. La cantidad a percibir será la equivalente al doble del salario mínimo interprofesional diario vigente, durante el tiempo en. que el afectado se encuentre en tal situación después de, transcurridos los seis primeros meses.
Lesiones invalidantes. La cantidad a percibir como máximo se referirá al salario mínimo interprofesional mensual vigente en la fecha en que se consoliden las lesiones o daños de la salud, y dependerá del grado de incapacitación de acuerdo con la siguiente escala:
- Incapacidad permanente: Cuarenta mensualidades.
- Incapacidad permanente total: Sesenta mensualidades.
- Incapacidad permanente absoluta: Noventa mensualidades.
- Gran invalidez: Ciento treinta mensualidades.
Casos de muerte. La ayuda máxima a percibir será de 120 mensualidades del salario mínimo interprofesional vigente cuando se produzca el fallecimiento.
En los delitos contra la libertad sexual que produzcan daños a la salud mental de la víctima, el importe de la ayuda sufragará el tratamiento terapéutico.
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