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UN DECRETO-LEY de 1983 reguló las retribuciones y prerrogativas reconocidas a los ex presidentes del Gobierno. Éstos disfrutarían de tales prerrogativas por un periodo de cuatro años a partir de su salida de La Moncloa. El Gobierno ha aprobado ahora un decreto que convierte en vitalicias esas ventajas y precisa algunos aspectos mal definidos de las mismas. En general, la medida ha sido acogida sin grandes pasiones: nadie la ha defendido como una necesidad ineludible, pero tampoco las críticas han sido desmelenadas.En ello ha influido probablemente el hecho de que las prerrogativas en cuestión, o las principales de entre ellas, habían seguido siendo aplicadas con posterioridad al cumplimiento del plazo de cuatro años, votándose al efecto las correspondientes partidas presupuestarias sin que nadie protestara. Se trataba entonces, bien de suprimir esa práctica, bien de darle cobertura legal, convirtiendo en vitalicio lo que era temporal. Se ha optado por esto último. Si se hubiera elegido la otra solución -suprimir el coche con chófer o la escolta a Suárez y Calvo Sotelo-, las críticas a la cicatería y falta de sensibilidad del Gobierno habrían sido seguramente bastante ácidas. Con la particularidad, en todo caso, de que los más severos críticos habrían sido con toda probabilidad los mismos que ahora reprochan lo contrario al Gobierno.
La medida viene a cubrir una laguna en materia de protocolo evidenciada de manera lamentable con motivo de algunas visitas de mandatarios extranjeros. En Estados Unidos, los ex presidentes ocupan en tales ocasiones el tercer lugar, tras el presidente y el vicepresidente. Aquí no existía una previsión al respecto. Ahora se ha fijado, atribuyendo a los ex presidentes un rango destacado entre los embajadores extranjeros y los presidentes de comunidades autónomas. Las otras facilidades convertidas en vitalicias se refieren a los gastos de despacho, incluyendo los sueldos de dos colaboradores, escoltas, franquicia en los transportes públicos y coche oficial con conductor. Podrá discutirse del detalle de cada una de ellas, pero en conjunto resultan comparables a las establecidas en la mayoría de los países democráticos para cargos equiparables al del presidente del Gobierno en España. Y suponen un reconocimiento razonable.
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