Confirmada la pena de 10 años a un médico por un aborto "deficiente"
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 10 años de prisión impuesta por la Audiencia de Tenerife a un médico y al socio capitalista de la clínica donde éste trabajaba por un aborto "deficiente y anormal", que produjo a la embarazada perforación del útero con salida de intestino.
El aborto fue practicada conjuntamente por el médico José Ramón Rodríguez de la Cruz y por José Luis Rodríguez Montesdeoca, quien, según la sentencia de' instancia, "carecía de titulación como ayudante técnico sanitario y era socio capitalista de la clínica en la que el médico estaba contratado".La operación, que debía durar veinte minutos, se prolongó tres horas y se hizo "de deficiente y anormal". La joven embarazada, Miguelina H. R., de 22 años, quedó "en inminente peligro de muerte" al sufrir una perforación del útero con salida de 20 centímetros de intestino.
Al cabo de tres horas, el médico salió "todo manchado de sangre" y trató de convencer a una acompañante de la joven para que se la llevase a un hospital. Esta se negó y dijo que de allí no salía si no era en compañía del médico y su ayudante. La posibilidad de llamar a una ambulancia fue descartada "ya que podrían ser descubiertos y tener problemas". Finalmante, el médico trasladó en su coche a la paciente al Hospital General de Tenerife, donde tuvieron que formar a la embarazada un ano contra natura.
En su recurso al Supremo, el médico José Ramón Rodríguez adujo que no podía ser considerado coautor, sino cómplice del delito de aborto, al no haber participado materialmente en los hechos y no haber tenido parte en las lesiones. Sin embargo, el Supremo ha entendidoque aunque el médico no ejecutara por sí mismo la intervención, "fue quien por su condición de médico ofrecía a la embarazada y al otro procesado el apoyo que alentó la realización del aborto". El tribunal también ha confirmado las penas de 10 años para el otro procesado.
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