El Estado español admite el sacrificio de animales según la tradición judía

El Estado español reconoce el derecho de los judíos a proceder al sacrificio de animales de acuerdo con la tradición de esa confesión, según se desprende de los acuerdos suscritos ante ayer entre el Ministerio de Justicia y la Federación de Comunidades Israelitas de España. Tanto protestantes como judíos -60.000 y 15.000 miembros, respectivamente- obtienen por estos pactos recién suscritos, a cuyo texto ha tenido acceso este diario, desgravaciones fiscales, así como la posibilidad de negociar las festividades.
Las diferencias entre los acuerdos de estas confesiones y los que la Santa Sede firmó con el Estado español en 1979 son importantes. Las fiestas religiosas que la Iglesia católica negocia cada año con el Gobierno, por ejemplo, son días festivos para todos los ciudadanos. Las que protestantes y judíos propongan dependerán del acuerdo que puedan alcanzar en cada centro de trabajo. En el caso de las Iglesias protestantes -13 confesiones agrupadas en torno a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas- se establece que estas fiestas serán comunicadas antes del 1 de diciembre de cada año. Los miembros de la protestante Unión de Iglesias Cristianas Adventistas del Séptimo Día, cuya fiesta semanal recae en el sábado, deberán llegar a acuerdos con la empresa en la que presten servicios. Lo mismo sucede con los judíos, que observan el mismo día de descanso semanal.Los pactos firmados el pasado miércoles por protestantes y judíos no les eximen del pago del impuesto sobre el valor añadido (IVA), exención de la que goza actualmente la Iglesia católica, pero que está en peligro debido a un requerimiento de la Comunidad Europea remitido el pasado año.
Sin embargo, también hay rasgos comunes -entre los acuerdos de las tres confesiones con el Estado español. Al igual que sucede con los católicos, las confesiones protestantes y judías están exentas delpago del impuesto sobre bienes inmuebles, y los lugares de culto, de las contribuciones especiales que afectan a los locales destinados a oficinas y a los centros de formación de ministros del culto. Tampoco pagarán el impuesto de sociedades.
Servicio militar y cárceles
Uno de los puntos más novedosos que introducen estos acuerdos firmados el miércoles, es el relativo a las desgravaciones fiscales para quienes hagan donativos."La normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) regulará el tratamiento tributario aplicable a los donativos que se realicen con las deducciones que, en su caso,pudieran establecerse", se afirma en ambos acuerdos. El artículo 10 da facilidades a los alumnos miembros de estas confesiones en los distintos niveles educativos para poder recibir clases de religión. Lo mismo se brinda a aquellos que cumplan el servicio militar y para los que se encuentren en prisión. Los ministros del culto de ambas confesiones, de acuerdo con estos pactos, quedan incluidos en la Seguridad Social en el mismo régimen que los trabajadores por cuenta ajena, y las prestaciones alcanzan a las familias de pastores y rabinos.
En el caso de los judíos se res erva a los israelitas el uso de las denominaciones para los productos elaborados de acuerdo con la tradición.
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