El juez desestima la demanda del grupo Consolidado en el litigio del Banco Castro Canosa
El juez de primera instancia de Corcubión (La Coruña) ha desestimado la demanda formulada por los accionistas minoritarios del Banco Perfecto Castro Canosa, nucleados en torno a la familia Castro Rial, impugnando la validez de la junta general del banco celebrada el pasado 11 de marzo y, en concreto, el acuerdo en ella adoptado de proceder a una ampliacion del capital social de la entidad. La decisión del juez de primera instancia de Corcubión ha sido recurrida ya por los socios minoritarios ante la Audiencia de La Coruña.El 55% del capital del Banco Castro está en manos del Grupo Consolidado de Venezuela, que preside José Álvarez Stelling, porcentaje por el pagó en torno a 400 millones de pesetas a la familia Castro Rial. La difícil situación de la entidad ha movido a los nuevos socios mayoritarios a proceder a la mencionada ampliación, contra la que se oponen los minoritarios.
Razones de la impugnación
Los demandantes -las familias Castro Rial Canosa y Castro Rial Schuler, más Domingo Álvarez-Arenas, José Luis Páramo y la sociedad Agrícola Financiera- poseedores del 42,9% del capital del banco, impugnaron la citada junta del 11 de marzo argumentando una defectuosa constitución de la misma, al no reunir el quorum previsto, así como el imcumplimiento de los requisitos legales en materia de convocatoria de juntas y abuso de derecho del grupo mayoritario.El juez señala en los considerandos de su fallo que el eje del debate es el articulo 11 de la ley 13/1985, al que se acogió el Grupo Consolidado para celebrar la junta. Para el juez, y a tenor de dicho artículo, las juntas generales de los bancos se considerarán válidamente constituidas cuando, en segunda convocatoria, esté presente la mitad del capital desembolsado, sin tener en cuenta el número de socios presentes, que era el principal argumento de los socios minoritarios, quienes se acogían para ello al artículo 58 de la ley de Sociedades Anónimas. El juez de Corcubión ha interpretado el artículo 11 al amparo de un informe del Banco de España de 16 de julio de 1987, que habla de la necesidad de reforzar los recursos propios de las entidades bancarias.
Ampliación necesaria
El juez pone de manifiesto a continuación la existencia de razones objetivas para proceder a la ampliación de capital acordada por los socios mayoritarios, "dada la paulatina pérdida de fondos que a corto plazo llevaría a la entidad a una situación por debajo del nivel mínimo". La exigencla de ampliación era conocida y aceptada por el Banco de España, para quien era necesario "mejorar la situación financiera patrimonial".Para el juez, la desinformación en torno al órden del día de la reunión en cuestión, alegada por el grupo minoritario, es descartada como una "simple cortina de humo sobre la cuestión realmente subyacente: el desacuerdo con la ampliación de capital por razones que no han aflorado en el litigio". Por todo ello, el juez de Corcubión, en sentencia del pasado 23 de octubre, desestima la demanda en su totalidad y condena a los demandantes al pago de las costas.
El grupo de Álvarez Stelling adquirió la mayoría del Castiro Canosa a través de dos sociedades: Rimini Holdings Ltd., con sede en la isla de Jersey, y Astinvest, sociedad domiciliada en España. El presidente del banco es actualmente Jose Luis Perona.
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