Curas casados
En EL PAÍS del domingo 30 de agosto, en la página 18, correspondiente a Sociedad, bajo el título Ser cura, enamorarse y casarse, se habla del reciente congreso de curas casados celebrado en Ariccia (Roma). Al pie del artículo, en un recuadro fechado en Roma, el articulista, al hablar de uno de los casos concretos, dice: "...que siguió este trámite (se refiere a la secularización) que anula la ordenación sacerdotal".Como cura católico, secularizado y, posteriormente, casado por la Iglesia, me veo en la necesidad de ponerle estas líneas a fin de aclarar el contenido de ese texto, totalmente erróneo.
El sacramento del orden es uno de los que, junto con el bautismo y la confirmación, imprime carácter, es decir, se reciben una sola vez en la vida: y quedan para siempre por más que el receptor reniegue o quiera renunciar a sus efectos.
En el caso de la ordenación sacerdotal, cuantos están en la misma situación que yo continúan siendo sacerdotes, y la misma Iglesia nada puede contra ello. Así lo recoge el mismo Código de Derecho Canónico al considerar totalmente válida la absolución impartida por un sacerdote secularizado o reducido al estado laical.
Una cosa es que la Iglesia nos impida el ejercicio pleno del sacerdocio y otra muy distinta que anule aquella ordenación recibida. Así se recoge varias veces en las Sagradas Escrituras, no una, sino varias veces: Tu es sacerdos in aetenzum.
En otro orden de cosas, ¿sería posible, que me facilitara la dirección del MOCEOP? Llevo tres años tras ella sin resultado-
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