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Las lenguas autónomas podrán usarse en el Ejército

El Ministerio de Defensa ha elaborado una orden para regular el uso de las lenguas autónomas en la Administración Militar. La orden señala que, dentro de una comunidad autónoma concreta, los particulares podrá dirigirse por escrito a cualquier órgano de la Administración Militar en su propia lengua autónoma.En cuanto a las relaciones verbales, la norma indica que, dentro de una comunidad determinada, el particular elegirá entre el castellano o su lengua autónoma, pero que las autoridades militares podrán solicitar al particular que realice su gestión por escrito si efl e la autónoma.

La orden autoriza a los soldados a usar oficialmente sus nombres adecuados a las lenguas autónomas de origen y, finalmente, señala que, en los actos y relaciones de servicio en el seno de las Fuerzas Armadas es decir, en las relaciones oficiales entre militares, el castellano será la única lengua a emplear.

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