Admisión a trámite en el Tribunal Constitucional de la impugnación por un juez del fuero policial
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid, Perfecto Andrés Ibáñez, contra la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Dicho magistrado estima contrario a la Constitución el fuero policial, consistente en la atribución a las audiencias provinciales de la competencia para procesar a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad y para instruir las causas seguidas contra ellos por presuntos delitos.
El alto tribunal ha dado traslado de la cuestión de inconstitucionalidad al Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado y fiscal general del Estado, para que formulen las alegaciones que consideren procedentes en el plazo común e improrrogable de 15 días. Terminado este período, el Tribunal Constitucional dictará sentencia en el plazo máximo de 30 días, es decir, como más tarde, dentro de mes y medio.
El juez Perfecto Andrés fundamentó la impugnación del fuero policial en que atenta contra la igualdad ante la ley, el derecho al juez natural y la tutela judicial efectiva. Si la sentencia del alto tribunal declara la inconstitucional¡dad del fuero policial, el precepto quedará anulado y el procesamiento e instrucción de las causas contra policías corresponderá a los jueces de instrucción, como a los demás ciudadadanos.


























































