El profesorado no podrá fumar en las aulas de centros no universitarios
Las aulas, laboratorios y seminarios de centros docentes no universitarios, así como los pasillos y corredores de acceso a estas dependencias, son zonas expresamente prohibidas para el consumo de tabaco, tanto en período lectivo como no lectivo, según establece una resolución de la Subsecretaría de Ordenación Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia, de fecha 9 de septiembre, publicada ayer en el BOE.Los centros escolares públicos o privados, de niveles y modalidades no universitarios, deberán contar con zonas reservadas para los adultos que tengan el hábito de fumar, preferentemente restringidas a los patios y zonas exteriores porticadas. La resolución se ha dictado en cumplimiento del real decreto de 5 de marzo pasado, en el que se regula el consumo de tabaco.
Añade la disposición que "por la función de ejemplaridad inherente a su condición, el profesorado, así como el personal no docente, deberán respetar las áreas de prohibición de consumo de tabaco", nocivo para la salud.


























































