El reglamento del Congreso obliga a la agrupación de minorías
La ponencia de reglamento del Congreso ha finalizado el informe sobre el reglamento definitivo de la Cámara. Destaca en su articulado lo relativo a los requisitos precisos para formar grupo parlamentario. Como norma general se establece en quince diputados el número exigido para poder formar grupo parlamentario. Sin embargo, se contemplan dos posibilidades distintas para que formaciones políticas con menos diputados constituyan su propio grupo.Tal posibilidad de agruparse en número no inferior a quince se les reconoce a los diputados de una o varias formaciones políticas que sin reunir el mínimo de quince escaños hubieran obtenido al menos cinco, siempre que éstos signifiquen el 20% de los correspondientes a las circunscripciones en que hubieran presentado candidaturas.
Como alternativa a formar grupo contempla la posibilidad de formar grupo parlamentario en número no inferior a quince diputados a los que habiendo obtenido al menos cinco escaños, a éstos correspondan al 15 %por lo menos de los de las circunscripciones en que se hubieran presentado o al 5% de los votos emitidos en el conjunto de la nación. De prosperar estas proposiciones de la ponencia, los grupos nacionalistas actuales se verían obligados a agruparse en uno solo.
Por otra parte, se prohíbe a los diputados que hubieran concurrido a las elecciones bajo una misma identificación electoral a formar grupos distintos. Se trata de evitar lo que actualmente sucede con los diputados socialistas que han constituido tres grupos parlamentarios. Probablemente se quiere evitar también escisiones en los grupos parlamentarios.
El proyecto de la ponencia, al que ha tenido acceso Efe, se debatirá, muy probablemente, en el mes de mayo en comisión. Algunos de sus aspectos fundamentales son la concesión de facultades más concretas y precisas para el presidente de la Cámara y la Mesa, la reducción del número de comisiones y las sanciones para los diputados que no asistan a las comisiones o a los plenos.
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