Elecciones Chile 2025: cómo votar, sanciones por no hacerlo, excepciones al voto obligatorio y ley seca
Los chilenos mayores de 18 años están obligados por la ley a participar en la próxima jornada electoral, salvo algunas excepciones


Chile está en la recta final rumbo a las elecciones del 16 de noviembre de 2025, cuando los ciudadanos votarán de forma obligatoria, salvo algunas excepciones, para elegir al próximo presidente y sucesor de Gabriel Boric. También se votará para la conformación de un nuevo Congreso: la totalidad de la Cámara de Diputados y la mitad de los puestos en el Senado. Además de la obligatoriedad del voto, en la próxima jornada electoral habrá otras novedades, como la justificación de inasistencias y la eliminación de la tradicional ley seca.
Según un promedio de encuestas elaborado por Radar Electoral, la candidata de izquierda Jeannette Jara encabeza las preferencias con un 28,5% de intención de voto. Le siguen los candidatos de derecha; el republicano José Antonio Kast con 19,9%, Johannes Kaiser ocupa el tercer lugar con 15,6%, apenas por encima de la exalcaldesa Evelyn Matthei, que alcanza un 14,1%.
En caso de que ningún candidato alcance la mayoría absoluta, la segunda vuelta se realizará el próximo 14 de diciembre.
¿Quiénes deben votar?
De acuerdo con la Ley N.º 21.779, publicada en el Diario Oficial el 23 de octubre de 2025, el voto es obligatorio para todas las personas inscritas en el Registro Electoral. La norma aplica en todas las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales, municipales y plebiscitos nacionales. Los chilenos residentes en el exterior y que sean parte del padrón electoral también pueden votar en sus respectivos países.
El Servicio Electoral (Servel) es la entidad encargada de organizar el proceso y definir el padrón electoral. Quienes estén habilitados para sufragar pueden consultar su local de votación y mesa en el sitio oficial.
¿Qué documentos se necesitan para votar?
El día de la elección, las personas votantes deben presentar su cédula de identidad o pasaporte, incluso si estos están vencidos hasta por 12 meses antes de la jornada electoral. Sin estos documentos, no se podrá emitir el voto. Además, las autoridades recomiendan a las personas llevar un lápiz de pasta azul para marcar su voto.
Horario
Las mesas receptoras de sufragio abrirán a las 8.00 de la mañana y cerrarán a las 18.00 horas, aunque se permitirá votar a todas las personas que estén en fila dentro del recinto a esa hora. El horario es el mismo para la votación en el extranjero, aunque se considera el horario de cada país.
Cómo se vota
Al llegar a los locales de votaciones los electores reciben dos papeletas (tres en las regiones en donde se eligen a los senadores). Con estos papeles el elector debe entrar a la cámara secreta, un espacio privado en donde puede marcar su preferencia. Los votos muestran los nombres de los candidatos en el costado derecho de la papeleta, mientras que en el izquierdo están las líneas horizontales en donde se marca la raya vertical que hace efectivo el sufragio. Para que un voto sea válido se debe marcar una sola preferencia, ya que una papeleta marcada a favor de varios candidatos hará que el voto sea nulo. Un sufragio sin marcas es considerado como blanco. Tras marcar su preferencia, el elector debe doblar el papel de acuerdo a las indicaciones entregadas por los vocales de mesa, cerrarlo y sellarlo con el adhesivo adjunto, y depositarlo en las urnas que corresponden a cada cargo.
Sanciones por no votar
El incumplimiento del deber de sufragar sin una causa justificada está sancionado con una multa que va de 0,5 a 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale aproximadamente a una suma de 35.000 a 105.000 pesos chilenos, según el valor actual de la UTM. La sanción será aplicada por el Juzgado de Policía Local correspondiente, y el monto recaudado se destinará al beneficio municipal.
Excepciones al voto obligatorio: cómo justificar inasistencia
Existen causales específicas que eximen de sanción a quienes no puedan votar:
- Personas que se encuentren enfermas;
- Estén fuera del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros de su local de votación;
- Desempeñen funciones electorales establecidas por la ley;
- Posean una discapacidad certificada o pensión de invalidez registrada;
- Enfrenten un impedimento grave debidamente acreditado ante el juez competente;
Las excusas por enfermedad, ausencia del país o discapacidad deben presentarse ante el Juzgado de Policía Local, acompañadas de documentos probatorios (como certificados médicos o pasajes).
Constancia digital por encontrarse a más de 200 km del local de votación
Una de las principales novedades para las elecciones de 2025 es la posibilidad de emitir una constancia digital en la Comisaría Virtual para justificar la ausencia por distancia. El trámite está disponible desde las 00.00 hasta las 23.59 horas del día de la elección en el sitio oficial.
El proceso se realiza con Clave Única, y permite dejar constancia de que se encuentra a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral. Tras enviar la solicitud, el sistema genera un código alfanumérico que debe validarse presencialmente en una unidad de Carabineros junto con la cédula de identidad o pasaporte.
Una vez validada, la constancia llega por correo electrónico y tiene validez legal plena como justificante ante el juzgado, evitando la multa.
¿Habrá ley seca?
Desde 2024, en Chile se eliminó la llamada “ley seca”, por lo que no existe una prohibición general de venta o consumo de alcohol durante las elecciones. No obstante, los municipios pueden establecer ordenanzas locales con restricciones horarias específicas.
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