El Constitucional no anula la pena de muerte a Miguel Hernández
El Alto Tribunal no admite a trámite el recurso de amparo presentado por la familia del poeta ya que no existe "violación de un derecho fundamental"
Jarro de agua fría para la familia del poeta Miguel Hernández y todos sus defensores. El Tribunal Constitucional no ha admitido el recurso que planteaba la nulidad de la condena a muerte del poeta en 1940. En un auto, del 26 de septiembre, el Alto Tribunal no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por la familia de Miguel Hernández en el que solicitaba la inconstitucionalidad de la resolución del tribunal Supremo inadmitiendo la demanda de revisión de la sentencia que, en 1940 en un juicio sumarísimo y sin ningún tipo de garantías, condenó a muerte al inmortal poeta, según ha informado la Comisión Cívica de Alicante para la Recuperación de la Memoria Histórica.
El abogado de la familia, Carlos Candela, ha explicado que el Tribunal "no examina a fondo el recurso" y se limita en unas pocas frases a "manifestar la inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable de amparo", según Candela.
La Comisión entiende que con una "inmotivada resolución" el Tribunal Constitucional "impide examinar a fondo el recurso de amparo interpuesto por la familia de Miguel Hernández".
La Comisión Cívica para la Recuperación de la Memoria Histórica de Alicante, de acuerdo con los familiares del poeta, está estudiando los procedimientos que permitan que otras instancias supranacionales contribuyan a la restitución y reparación del recuerdo y la memoria de Miguel Hernández como luchador en defensa del la legalidad republicana, sin ninguna acción o actividad reprobable. No obstante admiten que es complicado, ya que las próximas instancias son el Tribunal de Estrasburgo o la ONU. "En España los tribunales todos se han desentendido", reconoce Candela quien achaca esta resolución a que la Ley de Enjuiciamiento Criminal es "muy estricta" con la revisión de condenas.
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