El Supremo obliga a la Comunidad a dar datos de trabajadores a los sindicatos
CC OO denunció la negativa del Gobierno regional a informar de puestos y evolución de plantillas Esa documentación es "imprescindible" para una acción sindical "eficaz", según el Alto tribunal El sindicato reclama de nuevo esos datos y pide más transparencia para negociar

Los representantes sindicales y la Comunidad de Madrid andaban en una negociación de tantas para renovar convenios de los empleados públicos de la región en 2010. "Intentábamos renegociar las condiciones prorrogadas", explica Juan Antonio Olmos, responsable sindical de CC OO. Pidieron al Gobierno regional documentación relativa a la plantilla, la memoria de los puestos de trabajo, los posibles cambios y las retribuciones, entre otras informaciones. No consiguieron los datos. No obtener información, según denuncia el secretario de la federación de Servicios a la Ciudadanía de CC OO en Madrid, es algo habitual en las negociaciones con el Ejecutivo regional. Las últimas, relacionadas con la aplicación del recorte en bajas y el aumento en horas que aprobó a final de año el Gobierno regional, también han dejado la misma queja encima de la mesa. Los sindicatos protestan desde hace años porque el Ejecutivo de Aguirre no les facilita información.
Pero ahora disponen de una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS), que les da la razón. Responde a la demanda que presentó Comisiones contra el Gobierno regional por vulnerar el derecho de libertad sindical, según el Alto tribunal, al no facilitarle la información que había solicitado entonces.
El Supremo, en un fallo del pasado 18 de enero, desestima el recurso que presentó la Comunidad contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que en abril de 2011 declaró vulnerado ese derecho a la libertad sindical y condenó a la Comunidad a darle al sindicato la información reclamada. Esta nueva sentencia, adelantada por la agencia Efe, concluye que la negativa a dar dicha información puede vulnerar el derecho de acción sindical y, "efectivamente, se ha vulnerado".
El escrito subraya que la Constitución consagra el derecho de libertad sindical y que la Ley Orgánica de 1985 incluye, dentro de los medios de acción sindical, el derecho de los sindicatos a obtener información de interés para los trabajadores a quienes representan y "que resulta necesaria para el correcto y eficaz desarrollo de la acción sindical".
Pedir información de las plantillas, de las retribuciones o de los puestos a cubrir es "un complemento lógico y necesario" del derecho de una central sindical para comprobar, entre otros aspectos, "la adecuada provisión de las vacantes (...) y la identificación de las circunstancias de cada puesto", según el fallo del Supremo.
"Los datos han cambiado, pero los seguiremos pidiendo", añade Juan Antonio Olmos, que reclama al Ejecutivo regional "información veraz" de las plantillas de trabajadores públicos para futuras negociaciones.
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