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El Supremo confirma las condenas a nueve personas que se enfrentaron a la Ertzaintza durante una protesta contra un mitin de Vox

El tribunal ratifica la pena, de un año y cuatro meses de cárcel, para el único acusado que recurrió

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas, de hasta dos años de prisión, para 12 personas que se enfrentaron a la Ertaintza durante un mitin de Vox en Bilbao en octubre de 2019. El alto tribunal rechaza el recurso que presentó uno de los condenados y considera probado los delitos de daños y desórdenes públicos. Los jueces dan probado que los acusados actuaron con el propósito de “perturbar gravemente la tranquilidad y convivencia ciudadana” y “como protesta por no haber podido reventar el acto” convocado por Vox lanzaron piedras y cascotes a los agentes que protegían la celebración del mitin.

Los incidentes sobre los que ahora se ha pronunciado el Supremo tuvieron lugar el 20 de octubre de 2019 durante mitin preelectoral en el que participaba Santiago Abascal en el Palacio Euskalduna. Según informó ese mismo día el Departamento Vasco de Seguridad, media hora antes del inicio del acto, varios centenares de jóvenes, convocados por la autodenominada Red Antifascista, se concentraron en los jardines situados enfrente, con ikurriñas y senyeras y coreando gritos como “españoles hijos de puta” o “sin cipayos no sois nada”, en alusión a los ertzainas que acordonaban el Euskalduna.

Finalmente, la Ertaintza cargó contra los concentrados, y se inició una serie de saltos y carreras por el centro de Bilbao, durante el que los manifestantes lanzaron objetos contra la policía, levantaron barricadas e incendiaron contenedores. Los altercados, según el Gobierno vasco, se saldaron con 18 detenidos y dos agentes heridos.

Los hechos se juzgaron en la Audiencia Provincial de Bizkaia, que condenó a 12 personas con penas de entre un año y cuatro meses y dos años de cárcel. Varios de ellos recurrieron al TSJ vasco, que confirmó las penas, y solo uno impugnó esa condena al Supremo, que también la ha ratificado.

En una sentencia de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta, los magistrados rechazan que los dos tribunales anteriores vulneraran el principio de presunción de inocencia, como reclamaba el acusado. El Supremo recuerda que no tiene competencia para modificar los hechos que la Audiencia dio por probado y considera que el razonamiento del TSJ vasco al dictar la sentencia fue “lógico y razonable”.

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