El Supremo rebaja la condena al ‘Pequeño Nicolás’ por hacerse pasar por miembro del CNI y la Casa Real
Los magistrados le absuelven del delito de usurpación de funciones públicas, aunque mantienen dos años de prisión por falsificar documentos


El Tribunal Supremo ha rebajado un año y medio la condena a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como el Pequeño Nicolás, por hacerse pasar por enviado del CNI, la Casa Real y de la exvicepresidenta del Gobierno del PP Soraya Sáenz de Santamaría ante un empresario con el que pretendía hacer negocios. La Audiencia Provincial de Madrid lo había condenado a tres años y cinco meses por estos hechos, y ahora la Sala de lo Penal elimina el delito de usurpación de funciones públicas, si bien mantiene el de falsificación de documentos, por lo que la pena de cárcel queda en dos años. Esta es la tercera condena que revisa el alto tribunal de las cuatro que tiene el joven.
Los hechos ocurrieron en 2014 cuando el Pequeño Nicolás contactó con el empresario Francisco Martínez de Lahidalga para colaborar con él en “operaciones con connotaciones económicas”. Se hizo pasar por personal de Inteligencia, acudió a varias citas con vehículos con rotativos luminosos y llegó a tener un encuentro con un director de una sucursal bancaria en la que pretendía arreglar los problemas de De Lahidalga con Hacienda manifestando que trabajaba “para el Gobierno”. De hecho, durante el juicio, el testigo del banco explicó cómo Nicolás Gómez Iglesias mantuvo una supuesta llamada con la vicepresidenta entonces Sáenz de Santamaría que a él le extrañó porque ese día había Consejo de Ministros.
“Durante esta reunión, encima de la mesa del director de la sucursal, el acusado colocó intencionadamente un documento escrito en el que aparecía la bandera de España y un membrete de las altas instituciones del Estado”, indican los hechos probados de la sentencia. El empresario retiró 25.000 euros de su cuenta, pero el banquero llamó a la esposa de este para advertirle de su desconfianza con lo que acababa de ocurrir. La Policía captó al Pequeño Nicolás los días posteriores imprimiendo en un Work Center documentación con escudo de la Casa Real y del CNI.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid no condenó a Gómez Iglesias por un delito de estafa, como pedía la Fiscalía, puesto que el dinero que De Lahidalga retiró fue devuelto en parte y porque cuando este declaró aclaró que en ningún caso se sentía estafado. Sí le impusieron una condena por el delito de usurpación de funciones públicas y falsedad en documento oficial.
Ahora, el Tribunal Supremo, tras semanas de deliberaciones, alega que si se hizo pasar por miembro de las altas instituciones del Estado fue “más bien como parte del engaño propio de la tentativa de estafa que se le imputa”, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PAÍS. La usurpación “no viene determinada solo porque el destinatario del engaño crea que el sujeto” “reúne la condición de autoridad o funcionario”. Para usurpar a alguien el puesto es necesario “la ocupación ilícita de cualidades profesionales públicas” y el Pequeño Nicolás no tenía esa capacidad.
La Sala de lo Penal —compuesta por Julián Sánchez Melgar, Antonio del Moral, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández— sí que ve, en cambio, el delito de falsedad documental porque este delito no precisa de un resultado determinado. Aunque los documentos no fueran eficaces, sí se confeccionaron de forma falsa. Dicen que lo que Gómez Iglesias mantuvo en el juicio sobre “haber colaborado efectivamente con el CNI” no se sostiene: “Decaen sus pretendidas explicaciones y su justificación en la inmadurez propia de su juventud, sus afanes de grandeza o de presumir y llamar la atención”. El Supremo refleja que “nada de eso” explica que “llegara a confeccionar tantos documentos y tan específicos y alusivos a concretas operaciones, actos o negocio de Martínez de Lahidalga” si su objetivo último no era “engañarle o convencerle, como efectivamente hizo”.
El joven, que actualmente tiene 31 años, cuenta ya con dos condenas en firme de las cuatro que la Audiencia Provincial le había impuesto. Un año y nueve meses de cárcel por falsificar el DNI para que un amigo le hiciera el examen de la Selectividad en 2012 y estos dos años que acaba de dictar el Supremo por sus negocios con el empresario. La tercera condena que revisó el alto tribunal en mayo de 2024, la relativa al viaje a Ribadeo (Lugo) en la que Gómez Iglesias hizo creer que viajaba en una comitiva Real para reunirse con el alcalde, quedó en absolución. Así las cosas, solo queda por confirmarse la sentencia de cuatro años y tres meses de prisión por urdir una trama ilegal para conseguir información confidencial de bases de datos policiales.
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