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La Fiscalía archiva la denuncia de la Complutense contra Monedero por el “comportamiento” con sus alumnas

El ministerio público no aprecia delito, pero califica su actuación de “improcedente”, “fuera de lugar” y “reprochable moralmente”

Juan Carlos Monedero, fundador de Podemos, en una imagen de 2020.
J. J. Gálvez

La Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado una segunda investigación abierta contra Juan Carlos Monedero, fundador de Podemos y profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), por el “comportamiento” que el político tuvo con algunas alumnas que asistían a las clases que impartió en el curso académico 2021-2022. El ministerio público concluye que su actitud “no es constitutiva de un delito contra la integridad moral”, según ha informado a través de un comunicado, que llega a calificar como “fuera de lugar” y “reprochable moralmente”

La pasada semana, la Fiscalía ya archivó otra denuncia presentada por el colectivo Xuntos por Galicia contra Monedero por agresión sexual. En ese caso, se acusó a tres cargos de Podemos de encubrimiento y “omisión del deber de socoro”, pero también se dio carpetazo a las pesquisas contra todos ellos —Irene Montero (eurodiputada y exministra de Igualdad), Ione Belarra (actual secretaria general del partido) y Ángela Rodríguez, alias Pam (ex secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género)—.

En el caso de la Complutense, la Fiscalía ha explicado que la UCM le envió el pasado 10 de abril un expediente disciplinario abierto al fundador de Podemos. Sin embargo, tras analizar los detalles de lo ocurrido, el ministerio público considera que “los hechos descritos no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas”. “No cumplen” lo requisitos establecidos por el Código Penal para castigarse como delito. Por ello, según añade el órgano, se acuerda el archivo.

Fuentes jurídicas relatan que el expediente de la universidad recoge los testimonios de varias alumnas contra el profesor, al que atribuyen comentarios soeces y despectivos. Una estudiante afirmó que Monedero le dijo que tenía “cara de zorra”. También se apunta que, a quienes querían ser madre, les dijo que aspiraban a ser “vacas lecheras”.

El texto del ministerio público subraya que la jurisprudencia requiere que unas conductas de este tipo, para considerarse como “graves” y castigarlas penalmente, deben ser “reiteradas” y “revestir un plus de desvalor”. No pueden ser simples comportamientos “impropios” (“como es lo que sucede en el presente caso”). Es decir, tienen que “crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral”, según apostilla la Fiscalía.

“Las conductas recogidas en la denuncia consisten en expresiones referidas de manera individual a distintas alumna, no constando que tales expresiones y conductas fueran reiteradas respecto de cada una de aquellas”, añade el ministerio público. Este admite que esas actitudes “pueden ser calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente”: “Sobre todo de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos”. “Pero no todo trato degradante será punible, sino solo los más lesivos”, remacha.

Las conclusiones de la Fiscalía siguen así: “La escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia [por parte del ministerio público] por un delito contra la integridad moral”. “No obstante, ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado. Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas. Las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del expediente disciplinario incoado”, sentencia el ministerio público.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.
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