La Audiencia de Barcelona ratifica la condena de 40 millones a Endesa y Red Eléctrica por el apagón de 2007
El corte de fluido eléctrico afectó a 320.000 usuarios de Barcelona y las localidades del entorno
La Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado la sentencia que condena a Fecsa-Endesa y Red Eléctrica de España (REE) a pagar indemnizaciones por un valor total que supera los 40 millones de euros por el apagón de la capital catalana y localidades del entorno que afectó a más de 320.000 usuarios el 23 de julio de 2007.
El fallo llega tras el recurso a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona de julio de 2009, que condenó a las eléctricas Endesa y REE a pagar entre 122 y 300 euros por abonado afectado por el apagón, tras una denuncia de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
La sentencia daba la razón a la OCU y condenaba a ambas eléctricas a indemnizar a los afectados con las siguiente cantidades: 122 euros por hasta 11 horas sin suministro; 186 euros por estar sin luz entre 11 horas y 24 horas; 219 euros por no tener luz entre un día y hasta 36 horas; y 300 euros para las usuarios con más de 36 horas de interrupción.
Petición de indemnizacion mínima de la OCU
La OCU pedía una indemnización mínima de 300 euros para cada usuario por día sin suministro, aunque no justificó este cálculo. Endesa ofreció y pagó en 2008 cantidades menores, de entre 60 y 300 euros, basándose en la media de personas que viven en un piso y el coste de dietas como el desayuno, el almuerzo y la cena. El juzgado confirmó estos cálculos, que ya habían sido pactados con la Generalitat.
Los usuarios afectados también tienen derecho a que les descuenten un 10% de la factura anual de 2007, aunque la mayoría ya fueron beneficiados por esta iniciativa.
Los abonados que quieran cobrar las compensaciones dictaminadas por el juez y no lo hicieron en su momento deberán demostrar que eran clientes de Endesa el día del apagón. Los que quieran cobrar más al considerar que sufrieron daños mayores, tendrán que reclamar directamente a las compañías o a los juzgados justifiando el coste de los daños sufridos.
La OCU entendía que se produjo "un incumplimiento de la obligación contractual de Endesa de garantizar el suministro", y de la obligación legal de la propia Endesa y de REE en cuanto al mantenimiento de sus instalaciones.
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