Guía legal del accidente de trenes en Adamuz: indemnizaciones, seguros, permisos laborales para el cuidado de las víctimas... y más
Los abogados alertan de que el proceso penal que se abra determinará las compensaciones por responsabilidad civil a las que tengan derecho los afectados

En medio de la conmoción que ha causado el trágico accidente de trenes de Adamuz (Córdoba), que se ha saldado de momento con varias decenas de personas fallecidas y más de 150 heridos de diversa consideración, llega el momento de pensar en las reclamaciones legales por las consecuencias de este grave siniestro. Y es que las responsabilidades penales y civiles se pueden concretar desde el primer minuto de la catástrofe y tiene un impacto no solo a las empresas implicadas, sino también en las aseguradoras y en la cuantía de las indemnizaciones. Pero tanto las víctimas como sus familiares tienen derechos reconocidos en diversos textos legales. Lo explicamos de la mano de expertos que han hablado con ELPAÍS en esta breve guía legal del accidente de trenes de Adamuz.
La disputa legal que se inicie ahora puede llegar a ser muy compleja. “Lo importante primero es determinar algo que llevará su proceso: cuál ha sido la causa del accidente. Es fundamental”, advierte Pablo Henríquez de Luna, socio de procesal y arbitraje en López-Ibor DPM Abogados. A partir de ahí, se abrirá una vía penal en la que se podrá establecer la responsabilidad civil derivada del delito. Se plantean varios escenarios con tres posibles responsables: Adif, si el problema está en la vía; Renfe o Iryo, si se detecta algún fallo en sus respectivos trenes o en los conductores. Todo este abanico de posibilidades las tendrá que ir delimitando la investigación a cargo de los agentes policiales y los peritos forenses.
Según han confirmado fuentes judiciales, actualmente ya está operativo el Protocolo nacional de actuación médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples, así como el Centro de Integración de Datos (CID). Este organismo reúne y supervisa los diferentes informes de identificación de personas fallecidas que realicen las distintas instituciones antes de remitirlo a los tribunales correspondientes. De esta manera se intenta cumplir de la manera más ágil posible con el objetivo de facilitar información a las familias de las víctimas, tal y como recoge el Real Decreto 32/2009, de 16 de enero.
Asimismo, se ha activado el centro de asistencia a las víctimas en la Comandancia de la Guardia Civil de Córdoba. Es el punto al que deben acudir los familiares de las víctimas ya sea para recabar información o para aportar datos.
¿Quién se hará cargo de los pagos? Los seguros que cubran a las empresas consideradas responsables, tanto si son públicas como privadas. Es posible que, para evitar los cuantiosos intereses de demora que regula el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, las compañías hagan consignaciones a cuenta. Si a posteriori se determina que la responsabilidad es de otra compañía, se le puede repercutir. Pero también se puede abrir una batalla legal entre aseguradoras que consideran que la culpa es de la otra parte y prolongarse a lo largo de los años, tal como ocurrió con el caso del Prestige, recuerda Henríquez de Luna.
¿Cómo se reclama y cuantifica una indemnización?
Aunque la investigación se puede prolongaren el tiempo, las actuaciones legales se deben iniciar cuanto antes. En este sentido, los expertos aclaran que los afectados y sus familiares tienen derecho a dos indemnizaciones. Tal como señala Álvaro Casado, socio de Casado Martín Abogados, para reclamarlas es fundamental que los afectados y/o sus allegados cuenten con toda la documentación acreditativa e informes médicos, sobre todo, con el billete de tren, que se puede solicitar online. Una de esas compensaciones económicas iría con cargo al seguro obligatorio de viajeros, que tiene su propia tabla de importes, mientras que la segunda sería por responsabilidad civil. Esta última toma como referencia el baremo de accidentes de tráfico, señala Casado. “Es fundamental que no firmen ningún documento que les ofrezcan, mucho menos de renuncia. Aunque este caso todavía es muy reciente. Lo mejor es que se asesoren”, advirtió Casado.
El abogado Henríquez de Luna recuerda, no obstante, que “el baremo de tráfico no se aplica como un automatismo” y también aclara que “hasta que se dé una estabilización de la persona, no se puede cuantificar” y eso lo tiene que diagnosticar el médico.
¿Qué se puede reclamar de manera inmediata?
Lo que se sabe es que los viajes en tren de alta velocidad en la ruta Madrid y Córdoba, Sevilla, Málaga y Huelva están suspendidos como consecuencia del grave accidente de trenes. Por una parte, los usuarios afectados pueden pedir la devolución íntegra del billete, pero también pueden utilizar las opciones de transporte alternativo habilitados para que completen el trayecto contratado y lleguen a destino con la mayor rapidez posible o bien en una fecha posterior.
Según ha recordado la asociación de consumidores Facua en un comunicado, si la compañía no facilita este transporte en un máximo de 100 minutos desde la hora prevista de salida y el pasajero lo tiene que contratar por su cuenta, este tiene derecho a que la compañía le abone el coste del viaje en autocar. También puede ejercerse este derecho si la empresa ferroviaria autoriza directamente al usuario a la compra del billete de transporte alternativo, que estipula el artículo 18 del Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril.
Los pasajeros que hayan sufrido cancelaciones de viajes de regreso a sus domicilios tienen derecho a que, mientras logran transportes alternativos, las compañías ferroviarias les faciliten alojamiento. Si esto no ha ocurrido, los usuarios podrán solicitar el reintegro del importe que hayan tenido que desembolsar por pasar la noche en un hotel, según señala el artículo 20.2b de dicha norma.
¿Qué derechos amparan a las víctimas y sus familiares?
Por otra parte, las compañías que han protagonizado el accidente deben activar unos protocolos para auxiliar a los familiares de las víctimas del siniestro. Según el Real Decreto 627/2014, de 18 de julio, las empresas deben facilitar el traslado de al menos tres familiares hasta el lugar del accidente y también su regreso, el alojamiento y manutención durante el tiempo necesario en función del curso de las labores de rescate e identificación.
La propia web del Ministerio de Transportes da cuenta de una serie de derechos con los que cuentan las víctimas de accidentes de trenes. Además del derecho de información general sobre el accidente, con líneas telefónicas y otros canales específicos, se establecen los derechos de acceso al recinto de la estación o sus inmediaciones, salvo por razones de seguridad; el derecho de participación en las tareas de identificación, incluida la habilitación de un espacio privado para el duelo y la asistencia; el citado derecho al transporte, alojamiento y manutención, con el límite máximo de 90 días para los allegados de víctimas heridas graves; el derecho a asistencia psicológica; a la protección a su intimidad y dignidad, en particular ante comunicaciones no solicitadas; a recibir información sobre asistencia financiera; y a la custodia, limpieza y devolución de los efectos personales.
En el apartado específico sobre el derecho a la obtención de las indemnizaciones del seguro obligatorio de viajeros, se indica una serie de cantidades e importes de referencia para distintos casos, ya sea de fallecimiento, lesiones corporales de distinta categoría.
¿Y si hay víctimas extranjeras?
Si se han identificado a víctimas de nacionalidad extranjera, la Administración General del Estado debe comunicarlo a las embajadas respectivas y agilizar la tramitación de visados de entrada y salida de España, así como la emisión de documentos de identidad o de viaje. Asimismo, se deben adoptar las medidas administrativas que faciliten la repatriación de los cadáveres tras contar con el visto bueno de la autoridad judicial correspondiente.
¿Qué permisos laborales se pueden solicitar?
El impacto laboral es otro aspecto legal a tener en cuenta tanto por los afectados directos por este trágico accidente como por los familiares que hayan tenido que desplazarse hasta el lugar de los hechos a auxiliar y a atender a las víctimas. Lo más evidente es la ausencia de los propios pasajeros que iban en los convoyes siniestrados por haber sufrido heridas graves, que se encuentren hospitalizados, o que han sufrido heridas de diversa consideración. En estos casos, al preverse que las ausencias serán prolongadas, se tendrán que tramitar las incapacidades temporales correspondientes en el propio centro de salud.
El abogado Luis Jiménez-Arellano, especialista en derecho laboral del Bufete Mas y Calvet, recuerda lo que al respecto señala el Estatuto de los Trabajadores (ET): “Si ha sido un familiar, pareja o persona conviviente quien ha sufrido el accidente, el trabajador podrá ausentarse hasta cuatro días al año por causa de fuerza mayor, en virtud del artículo 37.9”, detalla.
¿Qué ocurre con los familiares que tienen que acompañar a los hospitalizados o deben cuidarles en casa por su situación de reposo? El laboralista recuerda que podrán disfrutar del permiso que prevé el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. Los empleados que estén en este caso deben avisar previamente y justificar esta ausencia. Tal como señala el texto legal, se trata de un permiso de cinco días sin pérdida de salario “por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad”. Esto también incluye a familiares consanguíneos de su pareja o cualquier otra persona que, sin ser familiar, conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio. Eso sí, siempre que requiera el “cuidado efectivo”.
¿Y si se trata de un afectado que ha salido ileso? Quienes no presenten ningún tipo de lesión incapacitante “deberán incorporarse a su trabajo en cuando puedan, justificando la inasistencia del día siguiente al siniestro si no han podido desplazarse a su puesto de trabajo. En estos casos, será imprescindible guardar documentos justificativos de cualquier tipo, sobre todo, el billete del tren”, apunta Jiménez-Arellano.
Si finalmente se produce el fallecimiento, los permisos regulados legalmente son de dos días si se trata del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si se requiere un desplazamiento para acudir a las exequias, el plazo se ampliará en dos días.
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