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Cinco años de litigios: la ‘ley rider’ se impone en el reparto de comida a domicilio

Un lustro después de la aprobación de esta normativa y de la histórica sentencia del Supremo, Uber Eats da la espalda a los autónomos y completa la renuncia del sector a este modelo

“Un joven que va en una bicicleta con una app en su móvil no es un emprendedor”, dijo Yolanda Díaz el 11 de mayo de 2021, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en que se aprobó la ley rider. La norma buscaba evitar que las empresas de reparto de comida pudieran operar con autónomos en vez de que con asalariados. Un lustro después, la única compañía que aún mantenía a los riders por cuenta propia, Uber Eats, ha anunciado que renuncia a este modelo y que los integrará en su red de subcontratas como asalariados.

A continuación sigue un repaso de cómo se ha llegado hasta esta decisión, en un sector en el centro de la conversación sobre los derechos laborales en los últimos años.

2015, empieza el reparto autónomo

Hace 11 años, cuando España empezaba a recuperarse de la Gran Recesión, echa a andar el reparto de comida mediante riders autónomos en España. En 2015 llegaron el que ahora es el principal actor del mercado español, Glovo, y también una empresa internacional, Deliveroo. Uber Eats aterrizó en España en 2017. Just Eat entonces también operaba con autónomos.

2018, primeros juicios

Las denuncias de los riders no tardaron en llegar. El primero que llevó a Glovo a juicio fue Isaac Cuende, un repartidor de Madrid que acusaba a la firma de encubrir una relación laboral como un intercambio de servicios. Perdió, tanto en primera instancia como al recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin embargo, en casos parecidos la justicia sí dio la razón a los repartidores demandantes: en junio de 2018, un juzgado de Valencia falló que un repartidor de Deliveroo no era un autónomo, sino un asalariado.

2019, la Seguridad Social gana a Deliveroo

Un juzgado de lo Social de Madrid dio la razón a la Seguridad Social frente a Deliveroo en un macroproceso, al considerar que los más de 500 repartidores de esta compañía debían ser asalariados “Cabe concluir que en la prestación de servicios de los repartidores afectados por el proceso […] prevalecieron las condiciones propias de la laboralidad”, sentenciaba el juez.

2020, el Supremo fija posición

Las diferencia de opiniones de los tribunales condujo el debate al Tribunal Supremo, a cuenta del recurso de casación que interpuso el primer denunciante contra Glovo, Cuende. El alto tribunal le dio la razón: “Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores. Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio”.

2021, se aprueba la ‘ley rider’ y Deliveroo se va

Aunque la posición del Tribunal Supremo dejaba poco margen a la interpretación, el Gobierno quiso reforzar la constatación de que los repartidores eran asalariados con un cambio normativo. Lo hizo mediante la ley rider, que reconocía el carácter laboral de la relación entre las plataformas de reparto de comida y sus empleados.

La norma, impulsada por la ya entonces ministra de Trabajo Yolanda Díaz, recibió el respaldo de sindicatos y patronales. PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, Bildu, Junts, PDeCAT, CUP, Más País, Compromís y Nueva Canarias votaron a favor. PP, Vox, Cs, UPN y Foro Asturias rechazaron la norma.

En noviembre de aquel año, antes de la entrada en vigor de la ley, Deliveroo anunció que abandonaba el mercado español. La reacción de Just Eat y de Uber Eats a la ley rider fue cambiar a un modelo laboral, la primera en 2020 y la segunda en 2021.

2022, doble cambio de modelo en Uber Eats

Después de unos meses, en los que quedó claro que Glovo mantenía los autónomos, Uber Eats se quejó del problema de competencia de ese nuevo escenario. “Vemos con impotencia cómo el Gobierno no ha conseguido hacer cumplir la ley rider. Y cómo la situación de desventaja de todas las empresas que sí la cumplimos empeora cada día. ¿Debemos seguir el ejemplo de Glovo y trabajar con autónomos para poder competir en igualdad de condiciones?”, protestó la directora general de Uber Eats en España, Courtney Tims, en una carta remitida a Díaz en marzo de 2022. Se contestó a sí misma poco después, en agosto de 2022, cuando anunció un nuevo giro: volvía a abrir la puerta a los repartidores por cuenta propia.

2023, cambio en el Código Penal

El 12 de enero de 2023 entró en aplicación un cambio clave en el Código Penal. El Congreso aprobó en diciembre del año anterior añadir un punto más al artículo 311, que dice lo siguiente: serán castigados con penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a 12 meses “los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.

2024, investigación penal, cambio en Glovo y ley europea

Trabajo elaboró un informe que documentaba cientos de casos de repartidores autónomos de Glovo que, en opinión del ministerio, debían ser asalariados. Esa carga documental derivó una denuncia que recayó en en el Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona, que abrió una investigación.

Un día antes de declarar en ese proceso, acusado de un delito contra los derechos de los trabajadores, el jefe de Glovo anunció que su compañía pasaba a un modelo laboral, sin autónomos. En marzo, además, la UE aprobó la directiva europea de plataformas, que consolida aún más la laboralidad de los repartidores y amplía esta lógica a otros sectores. Esta normativa está pendiente trasposición en España.

2025, Trabajo investiga a Uber Eats y cambia de modelo

Muchas voces del sector expresaban sorpresa ante el foco que el ministerio ponía en Glovo, pese a que Uber Eats también operaba con autónomos. El departamento de Díaz siempre respondía que ya llegaría el momento de investigar a esta otra empresa. Esas pesquisas trascendieron en julio, unos meses antes de que la vicepresidenta segunda avisase a la compañía que el castigo penal también podía ir contra Uber Eats. Antes de que haya finalizado la investigación de Inspección, la compañía ha anunciado este jueves que abandona el modelo de autónomos.

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Sobre la firma

Emilio Sánchez Hidalgo
Redactor de Economía. Empezó su trayectoria en EL PAÍS en 2016 en Verne y se incorporó a Sociedad con el estallido del coronavirus, en 2020. Ha cubierto la erupción en La Palma y ha participado en la investigación de la pederastia en la Iglesia. Antes trabajó en la Cadena SER, en el diario AS y en medios locales de su ciudad, Alcalá de Henares.
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