El Superior sostiene que el PSOE no puede ser "guardián de la legalidad"
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera que un grupo parlamentario o un partido político no está "legitimado" para impugnar "con carácter general e indiscriminado" ante los tribunales actos administrativos o disposiciones del Gobierno. Una cosa es que ejerzca, a través del Parlamento, su labor de control del Ejecutivo y otra que intente hacerlo con un recurso judicial.
Un partido o un grupo parlamentario "no pueden transformarse en guardianes abstractos de la legalidad", advierte el alto tribunal en la sentencia por la que declara "inadmisible" el recurso del Grupo Parlamentario Socialista contra la composición del Gobierno de Alberto Núñez Feijóo por falta de paridad. Integrada por siete hombres -el presidente y seis conselleiros- y cuatro mujeres, la actual Xunta incumple, según los diputados del PSdeG-PSOE, la ley gallega de trabajo en igualdad que obliga a respetar el equilibrio entre sexos, en una proporción mínima, entre ambos, de 60%-40%.
El interrogante sigue sobre la mesa dado que el Tribunal Superior no se pronuncia, sino que simplemente rechaza el recurso planteado por los socialistas al considerar que éstos carecen de legitimidad para llevar este asunto ante la Justicia. Sí lo estarían, además de organismos específicamente reconocidos, "las personas directamente afectadas o quienes hayan sido parte en el proceso judicial".
Sin "interés legítimo"
El PSdeG carece "de interés legítimo" para recurrir la supuesta falta de paridad del Gobierno gallego. No existe además "ninguna ley que conceda acción popular para impugnar un decreto de nombramiento de conselleiros". Y, añade la sentencia, el primer grupo de la oposición tampoco tiene "como fin primordial" la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, ni está "legalmente habilitado" para la defensa de los derechos e intereses "legítimos colectivos".
Los socialistas están decididos a agotar todas las vías judiciales para defender el cumplimiento de la ley de la paridad en el trabajo y también su derecho a impugnar ante los tribunales acciones del Gobierno que consideran ilegales.
En su fallo, el alto tribunal gallego alega, por el contrario, que un partido "no puede incluirse en el marco de grupos de intereses sociales, económicos y colectivos".
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