El Supremo ve "desidia" en la juez que olvidó excarcelar a tres presos
El Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión de la carrera de la que fuera juez de lo Penal en Motril (Granada) Adelina Entrena, que prolongó el encierro de tres presos más allá de lo fijado por las condenas o la situación procesal. No fue un descuido sino que hubo "clara desidia personal", sostiene el Supremo que ratifica la decisión tomada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que en 2007 acordó su expulsión de la carrera judicial por cuatro infracciones disciplinarias muy graves.
La defensa de Entrena recurrió la decisión del CGPJ al considerar que se había conculcado el principio de presunción de inocencia y se había infringido el de proporcionalidad entre los hechos imputados y la sanción impuesta. El Supremo confirma ahora la expulsión de Entrena y recuerda que el control jurisdiccional es un deber de "especial cuidado" del juez que, en este caso, consistía en comprobar directa y personalmente la fecha límite de la prisión preventiva y la finalización de la pena impuesta.
Un hombre acusado de maltrato permaneció en prisión provisional más del tiempo máximo fijado por ley y otro estuvo encarcelado un mes más de los seis que marcaba su pena. El pleno del CGPJ no llegó a valorar el caso más grave porque era objeto de enjuiciamiento por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en ese momento. La juez olvidó dictar el mandamiento de libertad para José Campoy, que había sido absuelto en el juicio pero quien estuvo en prisión más de un año. Por este caso, Entrena fue condenada por el TSJA y confirmada dicha sentencia también por el Supremo.
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