El Gobierno amplía el plazo de liquidación de los fondos inmobiliarios

El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva. Los cambios tienen como objetivo mejorar la liquidez de los fondos y conceder mayor flexibilidad a su gestión. Una de las novedades más importantes se refiere a los fondos inmobiliarios. En concreto, se suprime el límite temporal que tienen las gestoras para vender los activos de aquellos fondos en fase de liquidación.
"En la presente coyuntura, la liquidación de los fondos inmobiliarios se está viendo dificultada porque se exige que, transcurridos dos años desde el inicio de la liquidación, los inmuebles pasen de ser propiedad del fondo a estar inscritos a nombre de los partícipes", argumentan desde el Gobierno. "Ello exige que cualquier operación que se realice sobre los inmuebles necesite el acuerdo de todos los partícipes. La presente norma elimina ese plazo de dos años". Además, con esta modificación, la CNMV, que hasta ahora una vez transcurrido el límite temporal se desentendía del proceso, pasará a supervisar todo el proceso de venta de inmuebles hasta su finalización.
También en el ámbito de los fondos inmobiliarios, el Gobierno permitirá a partir de ahora que estos vehículos puedan invertir en otros fondos de la misma naturaleza, y rebaja del 90% al 80% la inversión obligatoria en inmuebles de las sociedades inmobiliarias.
Además, los cambios normativos aprueban la creación dentro de un fondo de inversión de compartimentos para aquellos activos más ilíquidos, y se permite la creación de fondos cotizados (ETF) en forma de sociedades de inversión de capital variable (Sicav).
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